Lo que se debe divulgar y la materialidad
Breve abordaje al discurso de la Comisionada de la SEC sobre los límites para dictar normas de divulgación en EE UU.07 de Mayo de 2026
El discurso de la comisionada Hester M. Peirce aborda el concepto de “materialidad” en la regulación financiera y los límites de la autoridad de la SEC (Comisión de Bolsa y Valores de EE UU). Desde el inicio, subraya que la institución ha estado activa en diversos frentes, como la regulación de criptoactivos y la facilitación de la formación de capital. Sin embargo, centra su intervención en un tema específico: la necesidad de que la SEC respete los límites legales de su poder normativo, especialmente a la luz de recientes decisiones de la Corte Suprema que han redefinido el alcance de las agencias regulatorias.
Para ilustrar el problema de la materialidad, Peirce utiliza la analogía de describir la Mona Lisa. Explica que describir adecuadamente una obra de arte implica seleccionar, entre muchos datos posibles, aquellos que realmente capturan su esencia. Este ejercicio depende del juicio del observador y puede variar según la audiencia. La comisionada señala que el mismo desafío se presenta en el ámbito financiero: las empresas deben decidir qué información divulgar y los reguladores deben determinar qué exigir, lo cual implica delimitar lo que realmente es relevante.
Un aspecto clave en esta discusión es identificar al público objetivo de la información. Así como la descripción de una pintura cambia según quién la escucha, las divulgaciones corporativas deben responder a las necesidades de los inversionistas. El Congreso de EE UU definió claramente que los destinatarios de la información financiera son los inversionistas, quienes buscan retornos económicos ajustados al riesgo. Por ello, la SEC debe orientar sus normas hacia información que sea útil para decisiones de inversión, no hacia otros fines.
Peirce enfatiza que las leyes que rigen a la SEC limitan su capacidad de exigir divulgaciones a información relacionada con el desempeño económico, el valor y las perspectivas financieras de las empresas. Aunque las compañías pueden divulgar voluntariamente información adicional (por ejemplo, sobre temas sociales o ambientales), la SEC no puede imponer tales requerimientos sin una autorización expresa del Congreso o sin que dicha información sea material para los inversionistas. De lo contrario, la agencia se extralimitaría en su mandato.
La comisionada también advierte sobre los riesgos de expandir la noción de “interés público” de manera excesiva. Si se interpreta sin restricciones, podría permitir a la SEC intervenir en áreas ajenas a su función, como políticas sociales o ambientales, usando las divulgaciones como herramienta indirecta de regulación. Esto desdibujaría su rol como regulador de información financiera. Además, recalca que cualquier requisito de divulgación implica costos, que finalmente recaen sobre los inversionistas, por lo que estos deben evaluarse cuidadosamente frente a los beneficios.
Finalmente, Peirce defiende la materialidad como un principio esencial que limita y guía la regulación. Señala que determinar qué es material requiere juicio y no puede sustituirse por reglas rígidas uniformes. Si la SEC ignora este principio, corre el riesgo de transformarse de un regulador de divulgación a uno de conducta corporativa. Concluye que respetar estos límites no solo protege a los inversionistas, sino que permite utilizar mejor los recursos de la agencia y cumplir de manera eficaz la misión encomendada por el Congreso.
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