Openx ID [25](728x110)

/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


CTCP orienta sobre finalización de la relación profesional del contador público

La relación profesional entre el contador público y su cliente debe estar respaldada por un contrato o acuerdo previo en el que se definan claramente las condiciones del servicio.

Openx [71](300x120)

265398
Imagen
No se podrán comercializar estos iPhone e iPad con tecnología 5G en Colombia (Freepik)

15 de Abril de 2026

Escucha esta noticia audio generado con IA

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) aclaró los lineamientos éticos, legales y procedimentales que deben observar los contadores públicos cuando deciden finalizar una relación profesional con un cliente, especialmente en casos de incumplimiento contractual como la falta de pago de honorarios.

De acuerdo con el CTCP, la relación profesional entre el contador público y su cliente debe estar respaldada por un contrato o acuerdo previo en el que se definan claramente las condiciones del servicio, los honorarios y las causales de terminación, conforme a lo dispuesto en la Ley 43/90. En este marco, el profesional está facultado para interrumpir o terminar la prestación de sus servicios, inclusive cuando el cliente no realice el pago de los honorarios.

El Consejo señala que cuando el contador ha comunicado a su cliente de manera formal la decisión de dar por terminado el encargo indicando una fecha cierta, dicha actuación se entiende válida y eficaz, aun cuando el cliente no emita respuesta o pronunciamiento expreso, salvo que exista una estipulación contractual que disponga lo contrario. No obstante, esta decisión debe adoptarse respetando los principios de ética profesional, evitando el abandono intempestivo del encargo.

Asimismo, el CTCP enfatizó que, incluso ante la ausencia de respuesta del cliente, el contador público debe garantizar la entrega o, en su defecto, la puesta a disposición de la información contable, documentos y soportes, actuando con debida diligencia para prevenir posibles perjuicios. Para ello, resulta recomendable realizar comunicaciones adicionales en las que se informe sobre la disponibilidad de la información, los medios para su entrega y un plazo razonable para su recepción.

Finalmente, el organismo técnico resaltó la importancia de conservar soportes que acrediten el cumplimiento de los deberes profesionales, éticos y contractuales. Entre estos se incluyen el contrato de prestación de servicios, las comunicaciones de terminación, la evidencia del incumplimiento del cliente, los registros de envío y recepción de información y las constancias de entrega o puesta a disposición de los documentos, elementos que pueden resultar determinantes ante eventuales controversias.

Siga nuestro nuevo canal de WhatsApp.

Gracias por leernos. Recuerde que si es suscriptor puede descargar el archivo soporte de esta noticia haciendo clic en el botón azul. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)