Contador público debe certificar información financiera de operadores de chance
El reciente acuerdo establece responsabilidades para los contadores públicos y revisores fiscales de estas entidades.Openx [71](300x120)
04 de Marzo de 2026
Bajo el Acuerdo 892/26, emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se han definido indicadores que califican la gestión, eficiencia y rentabilidad de las empresas concesionarias del juego de apuestas permanentes o chance. Esta medida busca asegurar que los operadores mantengan un respaldo económico suficiente para garantizar la confianza del público y la sostenibilidad del sector.
Una de las disposiciones del artículo 6º de dicho acuerdo le asigna la función específica al revisor fiscal de emitir una certificación sobre el patrimonio técnico de estos operadores.
El acuerdo señala que el indicador “Cumplimiento del Patrimonio Técnico” analiza el valor patrimonial del que dispone la entidad para respaldar las operaciones actuales y futuras, así como cubrir pérdidas inesperadas, con el fin de asegurar su desarrollo en condiciones de seguridad y competitividad; adicionalmente, mantener la confianza del jugador en el sector. (Lea: Establecen nuevos indicadores para evaluar operadores de chance)
El patrimonio técnico es la suma de un conjunto de partidas contables agrupadas bajo los conceptos de capital básico y adicional. Para estos efectos, el valor del patrimonio adicional no computará por más del 100 % del patrimonio básico.
El patrimonio técnico estará compuesto por las siguientes partidas:
- Patrimonio básico incluye: capital suscrito y pagado, reservas, revalorización del patrimonio, dividendos decretados en acciones o distribución de utilidades, utilidades no distribuidas de ejercicios anteriores, utilidades del ejercicio en curso: sólo en el porcentaje capitalizado y establecido en la última asamblea general de accionistas o la asamblea general de socios, deducciones (pérdidas de ejercicios anteriores, pérdidas del ejercicio en curso y revalorización del patrimonio si es menor a cero).
- Patrimonio adicional corresponde a los demás rubros que no estén comprendidos en el patrimonio básico, deduciendo de dicho valor las desvalorizaciones de propiedades y equipos.
La certificación debe entregarse durante la segunda semana de abril del año siguiente de la vigencia a evaluar.
Teniendo en cuenta el parágrafo transitorio del artículo 21 del mencionado acuerdo, los indicadores para el año 2025 se evaluarán conforme a este acuerdo, por lo que, para la segunda semana de abril del 2026, el revisor fiscal deberá emitir la certificación respectiva.
Por otra parte, señala el acuerdo que con relación con los estados financieros la entidad deberá presentar a la secretaría técnica el método de costeo y el estado de resultado por unidad de negocios, firmados por el representante legal, revisor fiscal y contador de la entidad concesionaria, hasta la segunda semana de abril del año siguiente de la vigencia a evaluar.
Finalmente, esta entidades deberán presentar el certificado de indicadores financieros suscrito por el revisor fiscal o quien haga sus veces, que contenga los indicadores financieros exigidos en el pliego de condiciones de cada una de las concesiones que tenga a su cargo, correspondientes a la vigencia objeto de calificación.
Siga nuestro nuevo canal de WhatsApp.
Gracias por leernos. Recuerde que si es suscriptor puede descargar el archivo soporte de esta noticia haciendo clic en el botón azul. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!