Reviven parágrafo transitorio de norma que fija reglas de la convocatoria previa para elección del Contralor General
22 de Julio de 2021
Por medio de una sentencia, la Corte Constitucional declaró inexequible la derogatoria del parágrafo transitorio del artículo 12 de la Ley 1904 del 2018, del inciso segundo del artículo 336 (vigencias y derogatorias) del Plan Nacional de Desarrollo PND 2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad” (Ley 1955 del 2019).
Este parágrafo establece que “Mientras el Congreso de la República regula las demás elecciones de servidores públicos atribuidas a las corporaciones públicas conforme lo establecido en el inciso cuarto del artículo 126 de la Constitución Política, la presente Ley se aplicará por analogía”. (Lea: Reglas para elegir al Contralor General seguirán aplicándose para elección de otros servidores públicos)
Según el demandante, la expresión atacada vulnera los principios de consecutividad, identidad flexible y unidad de materia establecidos en los artículos 157.2, 158 y 160 de la Constitución Política.
Al respecto, la corporación concluyó que este aparte censurado vulnera los dos primeros principios, toda vez que si bien es posible que las plenarias introduzcan contenidos normativos novedosos durante el trámite de la ley del PND deben tener relación con las temáticas y materias aprobadas y discutidas en primer debate conjunto de las comisiones terceras y cuartas de ambas cámaras.
En el texto examinado se constató que los congresistas no debatieron durante el trámite legislativo las temáticas relacionadas con el artículo 126 de la Constitución Política y específicamente con la aplicación de la Ley 1904 del 2018 de forma análoga a la elección de servidores públicos atribuida a corporaciones públicas. En consecuencia, se evidenció la inconstitucionalidad del aparte demandado.
Adicionalmente, como consecuencia de la declaratoria de inexequibilidad, ha operado la reviviscencia o reincorporación al ordenamiento jurídico del parágrafo transitorio del artículo 12 de la Ley 1904 del 2018 (M. P. Diana Fajardo Rivera).
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