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Esto decidió la Corte Suprema sobre las afirmaciones de Álvaro Uribe contra un columnista (8:30 a.m.)

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15 de Septiembre de 2017

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En relación con la afirmación “violador de niños” que hizo el expresidente Álvaro Uribe Vélez en una red social contra el columnista Daniel Samper Ospina, la Sala Penal de Tribunal Superior de Bogotá concluyó en agosto que en dichas redes la vulnerabilidad de los derechos al buen nombre y a la honra cobra especial relevancia, no solo por la rapidez y la cantidad del público que puede conocer una afirmación o comentario, sino por lo difícil que resulta recoger los efectos negativos que producen las afirmaciones erróneas e inexactas o carentes de sustento, las expresiones injuriosas o calumniosas y las opiniones disfrazadas de información. Dicho tribunal ordenó, principalmente, al expresidente retractarse de esta sindicación; sin embargo, este apeló por no estar de acuerdo. Así pues, la Sala Penal confirmó recientemente el fallo impugnado y, a su vez, adicionó que debía eliminarse la controversial afirmación. En el documento adjunto a esta nota encuentre los diferentes argumentos que tuvo en cuenta la Corte para respaldar el amparo concedido en primera instancia (M. P. Patricia Salazar).

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