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Principio de proporcionalidad no es la herramienta pertinente para tasar el perjuicio moral (4:42 p.m.)

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27 de Marzo de 2012

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La Subsección C de la Sección Tercera del Consejo de Estado cambió su criterio frente a la valoración de los perjuicios morales y aseguró que el principio de proporcionalidad no es la herramienta pertinente para tasarlos. Al respecto, la corporación advirtió que ese instrumento no es útil para dar objetividad a la reparación del daño moral, porque en la liquidación de este no hay un conflicto de derechos, principios o valores en pugna y esa clase de daño es una lesión a la órbita íntima del ser humano, que es inconmensurable. Como la aplicación del principio de proporcionalidad en la valoración del daño subjetivo violaría el derecho a la igualdad, el criterio aplicable en estos casos es el arbitrio juris y la equidad, pues el juez tiene discrecionalidad para determinar la indemnización con base en las pruebas allegadas al proceso, añadió el alto tribunal (M.P. Enrique Gil Botero).

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