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A partir de la vigencia de la Ley 238 de 1995, los pensionados excluidos de la aplicación de la Ley 100 de 1993 tienen derecho al reajuste pensional según el IPC (9:16 a.m.)

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28 de Abril de 2010

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El Consejo de Estado explicó que a partir de la vigencia de la Ley 238 de 1995 los pensionados excluidos de la aplicación de la Ley 100 de 1993 tienen derecho al reajuste de sus pensiones teniendo en cuenta la variación porcentual del índice de precios al consumidor (IPC) certificado por el DANE. De esta forma, la Sección Segunda concluyó que la asignación de retiro de un ex funcionario del Ejército Nacional debía ser reajustada con base en el IPC. La corporación recordó que esta asignación se asimila a las pensiones de vejez o jubilación, y que por ello debía reajustarse sin que se adujera inaplicabilidad de la Ley 238, pues se trata de una ley ordinaria posterior, especial y más favorable en relación con las que prohibían este beneficio (C.P. Gustavo Eduardo Gómez Aranguren).

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