Empleador debe desvirtuar presunción de discriminación a una embarazada probando la existencia de un factor objetivo de despido (5:19 p.m.)
05 de Mayo de 2010
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Nota:
66234
La Corte Constitucional recordó su línea jurisprudencial sobre la protección especial de embarazadas en casos de discriminación laboral y despido sin justa causa. En ese sentido, señaló que la estabilidad laboral reforzada aplica en todos los contratos, sin importar su clase o si el empleador es público o privado. El alto tribunal recordó que le corresponde al empleador desvirtuar la presunción de discriminación que pesa sobre él, cuando las trabajadoras no son nuevamente contratadas o son despedidas. Así, no se requiere probar la discriminación cuando se finaliza el contrato de trabajo a término indefinido sin justa causa, mientras que si se despide con justa causa, para aplicarse la presunción debe demostrarse que se cumplieron las exigencias para que el despido tenga validez (M.P. Mauricio González Cuervo).
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