El cambio de juzgador es causal de nulidad si con ello se trastocan los principios reguladores de la fase del juicio (11:24 a.m.)
21 de Abril de 2010
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Nota:
65853
Dentro del esquema penal acusatorio y sus referentes rectores, la posibilidad jurídica de reanudar un juicio oral presidido por un juez distinto al que instaló la vista pública puede llegar a desconocer los principios constitucionales de inmediación y concentración, recordó la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, la oralidad, la inmediación y la concentración no presentan ruptura cuando se emplean medios técnicos que permiten fidelidad de lo acontecido y, por tanto, autorizan su examen posterior. La corte concluyó que en cada caso concreto se debe evaluar si el cambio en la persona del juzgador alcanza a trastocar los principios reguladores de la fase del juicio y las garantías fundamentales de los sujetos procesales. De esta forma, aseguró que el quebranto de las formas por las simples formas no genera nulidad sino cuando su desconocimiento viola el derecho de defensa (M.P. Yesid Ramírez Bastidas).
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