Corte reiteró la procedencia de la tutela contra particulares si se demuestra vulnerabilidad física y jurídica del accionante (2:10 p.m.)
26 de Abril de 2010
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Nota:
66031
La Corte Constitucional reiteró que la acción de tutela se constituye en un mecanismo excepcional idóneo para enfrentar las agresiones de particulares contra una persona que, por sus condiciones, se encuentre en situación de vulnerabilidad de recursos físicos y jurídicos. Por tal razón, tuteló los derechos al mínimo vital y a la seguridad social de una mujer de 71 años de edad que laboró en el servicio doméstico por más de 35 años y a la que no le fue reconocida su pensión de vejez ni se le pagó su seguridad social. La sala ordenó el pago de una pensión provisional y ordenó la afiliación a salud, mientras se resuelve su demanda en la justicia ordinaria (M. P. Nilson Pinilla).
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