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Corte Constitucional recuerda la evolución normativa en materia de sustitución pensional para las uniones maritales de hecho (3:59 p.m.)

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21 de Abril de 2010

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La Corte Constitucional manifestó que en la actualidad tanto las familias constituidas por vínculos jurídicos como naturales son igualmente dignas de respeto y protección por parte del Estado. El alto tribunal recordó la evolución normativa en materia de sustitución pensional para las uniones maritales de hecho y subrayó que durante años, antes de la Ley 54 de 1990, se discriminó a aquellas familias conformadas sin contraer matrimonio. Un ejemplo de ello era la exclusión como beneficiarios de la pensión de sobrevivientes a los compañeros permanentes. Sin embargo, gracias a medidas legales como a decisiones jurisprudenciales, este trato desigual e ilegítimo se desmontó, aclaró la corte (M.P. Juan Carlos Henao Pérez).

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