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Actualizado hace 6 segundos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Congreso


Avanza proyecto de la Fiscalía para fortalecer la atención por violencia intrafamiliar

24 de Septiembre de 2018

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Esta semana, la plenaria el Senado estudiará, en segundo debate, el proyecto de ley que tiene por objetivo modificar y adicionar algunos artículos de la Ley 599 del 2000 y la Ley 906 del 2004, en relación con el delito de violencia intrafamiliar, iniciativa presentada por la Fiscalía General de la Nación el pasado 2 de octubre del 2017. (Lea: Estado puede ser segundo agresor de una mujer si no es diligente en atender denuncias)

 

Con el propósito de brindar una respuesta estatal a las altas tasas de comisión de este delito, el ente acusador puso a consideración del Legislativo lo siguiente:

 

  1. El aumento de las penas en caso de reincidencia. Para ello adicionaría un inciso, correspondiente al 3º en el artículo 229 de la Ley 599 (artículo 1° del proyecto).

 

  1. La incorporación del texto necesario para que se entienda que el delito de violencia intrafamiliar también podrá configurarse cuando se ejerza en contra de sujetos pasivos con determinadas calidades, como la de cónyuges separados o divorciados, o el padre o madre de familia, aunque no convivan. Con este fin se agrega en el parágrafo primero del artículo 229 de la Ley 599 (artículo 1° del proyecto).

 

  1. La inclusión, dentro de las excepciones al principio de publicidad, de las audiencias relativas con este delito, para lo cual se realizaría una adición al parágrafo del artículo 149 de la Ley 906 (artículo 2° del proyecto).

 

  1. Adicionar como actuaciones respecto de las cuales es procedente la práctica de prueba anticipada las que corresponden a investigaciones por violencia intrafamiliar. Con ese objetivo propone incorporar este supuesto en el numeral 3º del artículo 284 de la Ley 906 (artículo 3° del proyecto).

 

  1. Establecer una excepción a repetir la práctica de la prueba anticipada en los casos de investigaciones de violencia intrafamiliar, cuando exista evidencia sumaria de revictimización, riesgo de violencia o manipulación, afectación emocional del testigo o dependencia económica con el agresor. La iniciativa plantea hacerlo mediante una inclusión en el texto de la parte final del parágrafo 3º del artículo 284 de la Ley 906 (artículo 3° del proyecto).

 

  1. Establecer la aplicación del procedimiento especial abreviado en los delitos de violencia intrafamiliar, adicionando en el texto del artículo 534 de la Ley 906 esta asignación (artículo 4° del proyecto).

 

  1. Excluir la posibilidad de conversión de la acción pública a privada en las actuaciones penales por delitos de violencia intrafamiliar. Este aspecto se adiciona en la parte final del artículo 550 de la Ley 906 (artículo 5° del proyecto).

 

Justificación

 

A pesar de que la conducta de la violencia intrafamiliar se encuentra tipificada desde hace 20 años, los reportes del Instituto Nacional de Medicina Legal dan cuenta de una problemática que está lejos de resolverse, advierte la iniciativa.

 

En el año 2016 esa entidad reportó 77.182 casos en el contexto de violencia intrafamiliar. El 65 % de esos casos (50.7077) corresponden a la violencia de pareja.

 

Por el contrario, en los demás casos, que no corresponden a violencia de pareja (26473), el 38,08 % las víctimas fueron niños y adolescentes; 6,24 %, adultos mayores y 55,67 %, otros familiares (consanguíneos y civiles).

 

El mayor porcentaje de los casos de violencia intrafamiliar no cometidos por la pareja estuvo dirigido contra las mujeres, con el 59,13 %. (Lea: Estas son las condiciones para asegurar el acceso a una justicia con perspectiva de género)

 En relación con las obligaciones a cargo de la Fiscalía General de la Nación, en materia de efectiva investigación de los casos de violencia intrafamiliar, informes de organizaciones no gubernamentales señalan que “el estado procesal de las investigaciones por los delitos sexuales, la violencia intrafamiliar y la inasistencia alimentaria que se tramitaron entre el 2009 y 2012 demuestra que entre el 81 % y 90 % se encuentran en situación de impunidad”.

 

Basado en esas cifras, el ente acusador propone la formulación de los anteriores enunciados normativos, los cuales podría permitir adoptar medidas encaminadas a brindar una respuesta estatal más eficiente a las altas tasas de comisión del delito.

 

Senado de la República, Proyecto de ley 139/17S, Ju. 12/18.

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