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Actualizado hace 34 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Congreso


Insisten con instaurar la cadena perpetua

03 de Abril de 2019

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Han radicado dos iniciativas en el Congreso que pretenden robustecer la protección a los menores de edad víctimas de ciertos delitos, a través de reformas constitucionales y penales.

 

Así, se revive el debate sobre cambiar el artículo 34 de la Constitución Política, el cual establece la prohibición de la pena de prisión perpetua, para introducir este castigo en el ordenamiento colombiano. (Lea: ¿Populismo punitivo, el origen de nuevos delitos autónomos y el aumento de penas?)

 

Ahora bien, la sanción quedaría prevista para los delitos de homicidio doloso, secuestro, tortura o actos sexuales abusivos con menor de 14 años. No obstante, se plantea la posibilidad de que la pena sea revisable en 30 años.

 

En la exposición de motivos, los autores indican que, de acuerdo al informe de Medicina Legal del  año 2017, el 86,83 %  de víctimas de acoso sexual son menores, de los cuales el 85,8 %  son niñas.

 

Así mismo, se indicó que esta medida no trasgrede la dignidad del reo, ya que no contraría lo dispuesto en la Convención Interamericana de Derechos Humanos (1978).

 

Cámara de Representantes, P. A. L. 352/19C, Mar. 26/19.

 

Endurecimiento de requisitos para redención de la pena

 

Este proyecto busca modificar la Ley 65/1993 y establecer un sistema de redención de penas por trabajo, estudio y actividades deportivas más severo para aquellas personas que hayan sido condenadas por delitos de homicidio, tortura, secuestro y actos sexuales contra menores.

 

La norma sugerida otorgaría un día de redención por cuatro días de estudio, trabajo o actividades literarias, deportivas, artísticas y en comités de internos.

 

En este orden de ideas, dicen los autores que el  proyecto no suprime el derecho de los condenados a redimir la pena, ni a la resocialización, sino que en ejercicio de la ponderación y de la prevalencia del interés superior del menor se establece un sistema de redención diferenciado y más complejo que prioriza los derechos de los menores. (Lea: ¿Es posible realizar preacuerdos cuando está comprometida la integridad sexual de menores?

 

Cámara de Representantes, P. L.  349/19C, Mar. 26/19.

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