15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 17 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Congreso


Proyectos pendientes del ´fast track´ podrán tramitarse mediante el procedimiento legislativo ordinario

15 de Diciembre de 2017

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Un concepto de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado sostiene que el procedimiento legislativo especial para la paz (fast track) concluyó el pasado 1° de diciembre, a la medianoche. (Lea: Congreso no puede votar medidas que nieguen el Acuerdo de Paz)

 

Así mismo, precisa que al culminar dicho trámite cesó su vigencia transitoria, por lo que constitucionalmente no resulta posible que los proyectos pendientes de aprobación para esa fecha sigan su curso bajo estas reglas especiales.

 

Ahora bien, aclaró que las iniciativas en trámite podrán seguir su curso bajo las reglas del procedimiento legislativo ordinario, y “para tal efecto deberá velarse porque en la armonización de los procedimientos se respeten las normas constitucionales permanentes y el reglamento del Congreso”. (Lea: ¿Cuál es el término que tiene la Corte Constitucional para revisar los decretos leyes tramitados vía ‘fast track’?)

 

Así, por ejemplo, explica la Sala, un proyecto de ley aprobado en primer debate en comisiones conjuntas de Senado y Cámara de Representantes bajo las reglas del ‘fast track’ podrá continuar su trámite después de la fecha de culminación de su vigencia bajo el procedimiento legislativo ordinario, caso en el cual deberá ser discutido y aprobado en la plenaria de la cámara donde tuvo su origen y luego en la plenaria de la otra corporación, para terminar su trámite legislativo y pasar a sanción presidencial.

 

Lo anterior con fundamento en los principios democrático, de instrumentalidad de las formas y tempus regit actum, mediante los cuales se reconoce la validez de lo actuado, pero se recobra la ejecución del sistema ordinario para la culminación del trámite legislativo, al haber expirado el término de un procedimiento transitorio (C. P. Óscar Darío Amaya).

 

Consejo de Estado Sala de Consulta y Servicio Civil, Concepto 11001030600020170019400 (2360), 11/27/17

 

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