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Nómadas digitales pueden ser socios o accionistas en Colombia, pero no celebrar contratos laborales

Extranjero con visa de nómada digital puede invertir capital y recibir utilidades como socio, pero no puede prestar servicios personales remunerados.

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05 de Agosto de 2025

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De acuerdo con lo previsto en la Resolución 5477 del 2022, por la cual se dictan disposiciones en materia de visas en Colombia y se crea la visa para nómadas digitales, un extranjero titular de una visa tipo V Nómada Digital puede adquirir la calidad de socio o accionista en una sociedad constituida en Colombia, siempre y cuando cumpla con la normativa, indicó la Superintendencia de Sociedades,

En cuanto al tipo de participación societaria, agregó, el extranjero puede participar en calidad de socio en sociedades comerciales, para lo cual se recomienda buscar asesoría especializada para la escogencia del vehículo societario. Sin perjuicio de lo anterior, no puede trabajar o desarrollar actividad remunerada con persona jurídica o natural domiciliada en el territorio nacional.

La entidad explicó que la sola condición de accionista no implica que el titular de una visa tipo V Nómada Digital incurra en actividades que constituyan trabajo subordinado o prestación de servicios remunerados en Colombia, ya que dicha calidad representa una relación de inversión, sin que exista una relación laboral o de prestación de servicios con la persona jurídica domiciliada en el país.

Así las cosas, un extranjero titular de una visa tipo V Nómada Digital puede invertir capital y recibir utilidades como socio o accionista, pero no puede celebrar contratos laborales ni prestar servicios personales remunerados para la sociedad en Colombia, ni ejercer funciones ejecutivas o administrativas que generen remuneración directa.

Ahora bien, un extranjero con calidad de accionista goza, en principio, de los mismos derechos que un accionista colombiano, salvo en los casos en los que, en virtud del cumplimiento de normas cambiarias, deba registrar las inversiones ante el Banco de la República, si los aportes se realizan desde el extranjero, por lo que es necesario consultar la normativa.

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