¿Quién es consumidor final para reclamar protección ante la Superindustria y Comercio?
El propósito de adquirir un producto o servicio debe ajustarse a una necesidad propia, privada, familiar y/o doméstica.
27 de Mayo de 2025
En virtud de lo establecido en el literal a) del numeral 1 del artículo 24 del Código General del Proceso, la Superintendencia de Industria y Comercio es competente, entre otros aspectos, para la resolución de litigios que versen sobre la violación de los derechos de los consumidores establecidos en el Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11).
Por lo tanto, resulta indispensable que las demandas que se promuevan ante esta entidad, en ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, correspondan a una acción de protección al consumidor, lo que implica que el demandante ostente la calidad de consumidor final. De lo contrario, indefectiblemente corresponderá al juzgador declarar la carencia de legitimación en la causa por activa.
En el caso bajo análisis, las partes demandante y demandada suscribieron un contrato de prestación de servicios especializados de gestión de marca, con el cual la demandada se comprometía a allegar a la parte actora 150 clientes. Con ocasión de este contrato se pagó una suma de dinero.
Así las cosas, la reclamación judicial corresponde a bienes ligados a actos propios del ejercicio del comercio. En este caso, la agencia es un contrato comercial de intermediación por el cual una persona asume en forma independiente el encargo de promover o explotar negocios en un determinado ramo, de acuerdo con lo previsto en el Código de Comercio. La ampliación de la agenda de clientes calificados desvirtúa la calidad de consumidor final.
En otras palabras, el propósito para el cual se adquirió y utilizó el servicio contratado no se ajusta a una necesidad propia, privada, familiar y/o doméstica, sino a una de índole económica y empresarial, por lo que la demandante carece de legitimación en la causa por activa y, en ese sentido, se despacharon negativamente sus pretensiones, procediendo con el archivo de las diligencias.
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