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Corte Suprema explica la importancia de la intervención de las aseguradoras en el proceso penal (3:57 p.m.)

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25 de Mayo de 2011

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La Ley 600 del 2000 estableció la necesidad de vincular, por medio del llamamiento en garantía, a la aseguradora, para que se tramite la obligación civil consecuente al delito y con el fin de que se materialice o haga más efectiva la posibilidad de que la víctima sea reparada. La Corte Suprema de Justicia aclaró que la no intervención de la compañía de seguro podría causar la nulidad de lo actuado cuando se demuestre que la víctima no fue reparada o sus aspiraciones fueron reducidas considerablemente. También podría ser alegada esa nulidad por la aseguradora, cuando no se respeten sus derechos de defensa y debido proceso. Por el contrario, no puede pretender lo mismo el tomador del seguro, esto es, el tercero civilmente responsable, pues su responsabilidad surge indirectamente por ministerio de la ley (M.P. Sigifredo Espinosa Pérez).

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