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Decreto sobre portabilidad financiera: un paso hacia la libre competencia en el sistema financiero

La iniciativa busca reglamentar el derecho a la portabilidad financiera previsto en el artículo 94 de la Ley 2294 de 2023.

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11 de Noviembre de 2025

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Tannia A. Valenzuela R.
Head of Legal - Abroad Financial Technologies

El pasado 10 de octubre, la Unidad de Regulación Financiera (URF)[1] publicó un proyecto de decreto que busca reglamentar el derecho a la portabilidad financiera previsto en el artículo 94 de la Ley 2294 de 2023. Se trata de una medida que, aunque técnica en su redacción, tiene profundas implicaciones para la competencia, la transparencia y la eficiencia del sistema financiero colombiano.

La portabilidad financiera busca que las personas puedan cambiar de entidad financiera con facilidad si encuentran mejores condiciones para sus créditos o productos financieros. En otras palabras, el usuario podrá trasladar su crédito de un banco a otro sin pagar costos adicionales ni enfrentar trámites complejos, algo parecido a lo que ocurre cuando se cambia de operador móvil, pero se conserva el mismo número.

Uno de los aciertos del proyecto es que establece que los procesos de traslado deberán ser digitales, gratuitos e interoperables. Esto implica que las entidades deberán habilitar mecanismos tecnológicos que faciliten la solicitud, transmisión y validación de información entre ellas.

El usuario seleccionará la nueva entidad, y esta tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles para responder a la solicitud. De cumplirse este estándar, el sistema colombiano daría un paso importante hacia la eficiencia y la transparencia, eliminando una de las principales barreras de movilidad en cualquier tipo de servicio en Colombia, como lo es la burocracia.

El proyecto introduce una figura clave denominado el certificado de portabilidad financiera, que contendrá información relevante sobre la obligación o producto financiero a trasladar. Este documento será el punto de partida para que las entidades receptoras evalúen al usuario y hagan una oferta competitiva. Inicialmente, la medida aplicará a los créditos de consumo, con la excepción de las libranzas.

Desde una perspectiva económica, la portabilidad financiera fortalece la libre competencia. Cuando los consumidores pueden cambiar de proveedor sin fricción, las entidades tienen un incentivo real para ofrecer mejores tasas, condiciones contractuales más claras y servicios más personalizados. La movilidad del usuario se convierte, así, en un mecanismo natural de autorregulación del mercado.

Jurídicamente, el decreto se enmarca dentro de los principios de la Ley 1328 de 2009, sobre protección al consumidor financiero, y la Ley 1340 de 2009, sobre competencia. Al reglamentar la portabilidad, el Estado cumple su función de garante del derecho a elegir libremente proveedor de servicios financieros, equilibrando las asimetrías de información y poder de negociación entre entidades y usuarios.

La interoperabilidad entre entidades financieras, exigida por el decreto, tiene además un efecto colateral positivo y es que fomenta la adopción de estándares tecnológicos abiertos y seguros. Este componente técnico, aunque a menudo pasa desapercibido en la discusión jurídica, es crucial para el desarrollo del open finance y la integración de nuevos actores en el ecosistema financiero, como las fintech.

En este sentido, la portabilidad no solo favorece la competencia entre bancos tradicionales, sino que abre la puerta a modelos innovadores de crédito y servicios digitales, siempre que cumplan con los requisitos regulatorios y de seguridad establecidos.

Ahora bien, el desafío será lograr que el proceso sea verdaderamente ágil y transparente. Para ello, la URF deberá coordinar con la Superintendencia Financiera de Colombia y la industria el desarrollo de un protocolo técnico común que asegure la interoperabilidad y evite prácticas dilatorias o cláusulas que limiten la portabilidad.

Así mismo y, por supuesto, será fundamental la educación financiera, ya que los usuarios deben comprender qué significa trasladar un crédito, cómo comparar condiciones y qué derechos los amparan. Una regulación sin información al consumidor corre el riesgo de quedar en el papel y no servir para nada.

En definitiva, este decreto no solo reglamenta un derecho, sino que redefine la dinámica del mercado financiero colombiano. La libre competencia es el medio para garantizar un sistema más equitativo, accesible e innovador.

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