Colombia suspende por completo exportaciones de carbón hacia Israel
La medida, respaldada por convenios internacionales y la OMC, busca impedir que recursos colombianos fortalezcan la ofensiva bélica en Gaza.Openx [71](300x120)

01 de Septiembre de 2025
El Gobierno nacional oficializó la entrada en vigor de un decreto que modifica el Decreto 1047/24 y establece la prohibición total de exportar carbón a Israel. La medida fue firmada por la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales Rojas, junto con otros jefes de cartera, y responde a la política estatal de respeto a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario.
El decreto argumenta que, desde marzo del 2025, se intensificó la ofensiva bélica contra Palestina, lo que ha generado miles de muertes, heridos y desplazados. Según cifras incluidas en el documento, entre marzo y junio de este año se reportaron más de 5.000 palestinos asesinados, 17.000 heridos y 680.000 desplazados, mientras que desde octubre del 2023 las víctimas superan las 55.000. Estos datos fundamentan la decisión de impedir que los recursos colombianos apoyen la maquinaria de guerra israelí. (Lea: Gobierno impulsa registro digital para exportaciones de carbón a Israel)
La normativa se apoya en tres pilares: el respeto a las normas del derecho internacional, la protección de la población civil y la coherencia de Colombia como actor internacional en materia de derechos humanos. En este sentido, el Gobierno recordó que el país fue elegido miembro del Consejo de Derechos Humanos de la ONU para el periodo 2025-2027, lo que refuerza su obligación de adoptar medidas consistentes con los principios internacionales.
El decreto se sustenta además en compromisos multilaterales de Colombia, entre ellos la Carta de las Naciones Unidas, la Convención para la Prevención del Genocidio y las normas de la Organización Mundial del Comercio. Asimismo, se ampara en las disposiciones del Acuerdo Comercial con Israel, que permiten excepciones por razones de moral pública, seguridad nacional o en tiempos de conflicto. La restricción se mantendrá hasta que cesen las condiciones que motivaron la medida o se cumplan las órdenes de la Corte Internacional de Justicia.
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