13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

Participación de la sociedad civil: reto en las Esal

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Juan Camilo Serrano Valenzuela

Abogado y asesor tributario

juancserval@gmail.com

 

Siempre es positiva la participación de la sociedad civil en la evaluación de procesos sensibles, principalmente si estos implican un sacrificio por parte de las autoridades como consecuencia del otorgamiento de beneficios tributarios a determinados contribuyentes, como ocurre con la calificación ordenada por la pasada reforma tributaria de las entidades sin ánimo de lucro (Esal), para que permanezcan en el régimen tributario especial.

 

Por otra parte, la delación, conocida como la “ley de los sapos”, es un mecanismo inmejorable para adelantar investigaciones de cualquier naturaleza, obteniendo información de particulares, cómplices o antiguos socios inconformes con los resultados de los negocios, o simplemente de enemigos que buscan un beneficio legal o una retaliación por cualquier motivo, justificado o no.

 

En materia penal, se obtienen rebajas de pena, negociación de principios de oportunidad, en donde se evidencia que resulta más provechoso ser un delincuente delator, como se evidencia de recientes fallos contra funcionarios corruptos, que ser un ciudadano incauto o con mala fortuna, en un lugar o memoria equivocada, que termina siendo delatado, con razón o sin ella, en beneficio del delincuente confeso que mejora su situación legal y la rebaja de su pena.

 

Se dan por ciertas afirmaciones de delatores y, con más frecuencia de lo deseable, vemos inocentes condenados con una única prueba testimonial, de un delincuente confeso, que está ya libre gracias a la efectividad de su testimonio y su habilidad negociadora.

 

La participación de la sociedad civil en los procesos de calificación de las Esal se convierte, en este contexto, en un enorme reto para las autoridades tributarias y para las mismas Esal, pues el procedimiento establecido en el reciente reglamento navideño del régimen especial no deja posibilidades de depuración de la información por parte de la administración, forzando a las entidades que buscan calificación a responder y soportar toda suerte de comentarios, serios o fútiles, mal intencionados o mentirosos, realizados sin asumir ninguna responsabilidad frente a la entidad o al Estado.

 

El procedimiento del decreto mencionado otorga solo tres días para el envío de los comentarios de la sociedad civil a las Esal, término que impide una mínima depuración de aquellos comentarios que no tienen importancia o relación alguna con la calificación o con los elementos propios de la información, y obliga a la Esal a su respuesta soportada, “en todos los casos”, en un término de 30 días.

 

No alcanza la imaginación para prever la cantidad de comentarios que pueden llegar a enviarse, los temas que tratarán y las intenciones que puedan contener, lo que no exonera a la entidad de responderlos con los respectivos soportes, so pena de perder la calificación, pues es causa de rechazo responder extemporáneamente, no justificar o no soportar las respuestas.

 

Como dice la sabiduría popular, corremos el riesgo de ser más papistas que el papa, y someter a representantes legales y a directivos de las Esal que efectivamente cumplen con el objetivo comunitario de donar o trabajar por la comunidad a responder asuntos que no son de incumbencia de la sociedad civil, que son de su vida privada o de afirmaciones abstractas que, en muchos casos, son imposibles de responder y explicar y, más aún, de soportar documentalmente.

 

El control a las Esal es un imperativo del sistema tributario, pero se convierte en un enorme reto para las autoridades tributarias determinar la forma, pertinencia y seriedad de los comentarios de la sociedad civil, y la calificación de estos que no ameritan respuesta o explicación por parte de las Esal, por imposibles, impertinentes o malintencionados, que son recibidos en los sistemas informáticos oficiales.

 

No sea que, como ha ocurrido en muchas otras ocasiones, normas diseñadas para los ángeles tengan perversas consecuencias diabólicas por haber sido hechas con la candidez de quien no conoce el mundo real y se ha desempeñado, así sea brillante y exitosamente, resguardado en un despacho público, sin el conocimiento de la realidad.  

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