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20 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 15 horas | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

Ley de Financiamiento y perlitas tributarias

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Juan Camilo Serrano Valenzuela

Abogado y asesor tributario

jcserranov@jcsvabogados.com

 

Gravar las pensiones, establecer un impuesto al patrimonio para personas naturales, ampliar el impuesto a los dividendos, eliminar el sistema cedular incrementando de manera muy importante los impuestos a las actividades de personas naturales independientes, crear incentivos a megainversiones o generar enormes beneficios a las sociedades, las holdings nacionales, las inversiones y el emprendimiento son las verdaderas modificaciones al sistema tributario, que, aparentemente, no han generado mayor interés de la opinión pública.

 

Es el IVA lo que ha estado moviendo las críticas al proyecto de financiamiento presentado por el Gobierno Nacional, que no es otra cosa que una reforma tributaria con un ajuste semántico.

 

Pero la discusión del régimen del IVA, que más temprano que tarde deberá imponerse en nuestro sistema, universalizando el gravamen, unificando tarifa y controlando de manera eficiente su recaudo, ha sido el centro de comentarios, observaciones y oposiciones contra este proyecto, y no se han considerado elementos que son de gran importancia, confiscatorios algunos mientras los contribuyentes naturales sienten el impacto, mucho más fuerte que el que padecieron este año con la aplicación efectiva de la Ley 1819 del 2016.

 

El sistema cedular, por ejemplo, imprimió elementos de equidad al permitir que las personas naturales que realizaran actividades empresariales depuraran sus rentas, corrigiendo en buena hora una de las mayores inequidades como lo fue el IMAN (impuesto mínimo alternativo nacional).

 

El régimen propuesto revive esa inequidad, mediante la unificación de las cédulas, con límites de costos, deducciones y exenciones al 35 %, desconociendo que las actividades empresariales pueden ser adelantadas por personas naturales, con la misma estructura de costos que una sociedad.

 

Se elimina la posibilidad de depurar la renta con costos y deducciones a las personas naturales, como si todas fueran empleadas, como consecuencia de una mortificación que han manifestado los técnicos, respecto a la participación de los recaudos provenientes de las personas naturales y su discrepancia con lo acontecido en los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde).

 

No es subiendo tarifas y desconociendo la realidad económica como se incrementa la participación de las personas naturales en el recaudo, sino ajustando el sistema a los elementos aplicados en los países de la Ocde, a los que muchos se quieren parecer.

 

El régimen propuesto traerá como consecuencia que las personas naturales no empleadas acudan a realizar sus actividades a través de vehículos societarios, más cuando actualmente pueden constituirse sociedades por acciones unipersonales, evadiendo las responsabilidades personales y desarrollando actividades como si se tratara de la unión de esfuerzos, pero solo de una persona, como ocurre con las muy de moda sociedades por acciones simplificadas (SAS).

 

Los beneficios al emprendimiento propuestos en la reforma se centran de manera exclusiva en las grandes inversiones (megainversiones), en las inversiones de sociedades colombianas en el exterior, a los fondos de capital privado y de inversión colectiva, sin considerar la posibilidad de emprendimiento de pequeñas empresas o de personas físicas.

 

Este proyecto, técnicamente bien estructurado, con una clara orientación recaudatoria en lo que hace a los impuestos indirectos y con pérdida de ingresos a las empresas consolidadas y las grandes que se creen, parece un collar de perlitas tributarias guardado en un cofre que las protege, y que grava con el IVA muchos productos de la canasta familiar, los libros y revistas y otros tantos que han distraído convenientemente a la opinión, lo que garantiza un fácil trámite de aquellos aspectos distintos al tan mencionado IVA.

 

Medidas como gravar dividendos, a tarifas razonables, distribuyendo la carga fiscal entre sociedades y accionistas; buscar tributos de las pensiones altas; ajustar los mecanismos de control tributario; simplificar eliminando el régimen simplificado, unificando los impuestos indirectos marchitando el impuesto al consumo, o creando un régimen simple de tributación, son disposiciones que ojalá tengan un tránsito seguro en el Congreso de la República.

 

En relación con el IVA, que debería transitar seguro, con algunos ajustes necesarios, es indispensable revisar y definir los beneficiarios de la transferencia del IVA, pues seguramente se verán afectados ciudadanos de ingresos exiguos, y que no cumplen los requisitos señalados en el instrumento de focalización adoptado.

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