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16 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 3 minutos | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

La aplicación de la tecnología ‘blockchain’ y su impacto en el Derecho

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Juan Felipe Torres Varela

Magíster en Tecnoemprendimiento e Innovación de Nanyang Technological University (Singapur)

Miembro de la firma TFDC Abogados

 

Si bien en mi artículo anterior hice una breve definición del concepto de blockchain (cadena de bloques), considero necesaria ampliarla para mayor entendimiento. La tecnología blockchain es una base de datos descentralizada que almacena registros -contabilidad digital- de activos y transacciones a través de una red peer-to-peer (entre pares). Es decir, es un registro público en el cual se consigna quién posee qué y quién tramita qué. Las transacciones se protegen a través de criptografía y, con el tiempo, el historial o registro de estas se almacena en “bloques de datos”, que se enlazan entre sí y se replican en cada computadora que utiliza la red, creando un registro inmutable e imborrable de todas las actividades efectuadas a través de la red de blockchain.

 

Blockchain no es una aplicación, tampoco una empresa. La forma más sencilla para entender el concepto es comparándolo con Wikipedia. En Wikipedia podemos ver todo. Su información es compuesta, cambia y se actualiza constantemente. También es posible rastrear los cambios a la información en el transcurso del tiempo. Blockchain es todo lo dicho. Su tecnología permite almacenar la historia de creación, custodia, modificación, propiedad, ubicación de activos como criptomonedas, pero también otros activos digitales como un título de propiedad, un certificado de cualquier índole, un contrato, información personal, entre otras. Por supuesto, hay más detalles técnicos en lo que refiere a la cadena de bloques, pero, en esencia, es un registro público que almacena las transacciones en una red y se replica para que sea muy seguro y difícil de manipular.

 

Esta tecnología es disruptiva y tiene la habilidad de alterar la forma como se practica el Derecho en la actualidad. A continuación, les doy algunos ejemplos de su aplicación y su gran impacto en el mundo del Derecho:

 

(i) Derechos de propiedad. Hoy, para acceder a la información de la propiedad de un inmueble, es necesario acudir a la respectiva notaría y sumergirse en montones de libros para encontrar los títulos en papel. Para registrar cualquier información, es necesario acudir al puño y letra de los interesados y la información se consigna en papel. Inclusive, cuando las oficinas realizan la transición para pasar a la tecnología digital, sigue prevaleciendo el papel. Peor aún, en muchas ocasiones se extravía la información o se destruye.

 

La tecnología blockchain, con su función inherente de seguridad y seguimiento digital, es un método efectivo y seguro para almacenar los títulos y datos necesarios para ejercer los derechos de propiedad, pues, además de permitir a las autoridades y particulares acceder a la información desde cualquier lugar del mundo, con plena certeza que lo consignado es real y que no se ha visto modificado ni mucho menos extraviado, concibe la posibilidad de realizar modificaciones requeridas a distancia sin necesidad de trámites dispendiosos e innecesarios. Ello permitiría mayor rapidez en los trámites relativos a los derechos de propiedad, ahorraría espacio de almacenamiento físico y, más importante aún, prevendría la pérdida de los títulos pertinentes.

 

(ii) Derechos de propiedad intelectual. La ley ha tenido problemas cuando se trata de proteger la propiedad intelectual en la era digital, incluidos archivos de imágenes, audio y video, así como diseños y símbolos. Los artistas y músicos intentan proteger su trabajo, pero con demasiada frecuencia se usa sin su permiso, y los derechos de autor no se pagan.

 

El uso de blockchain como registro de los derechos de propiedad intelectual puede ayudar a dar claridad de los autores, propietarios y usuarios en esta materia. Al registrar sus obras en un blockchain, los autores adquirirían evidencia a nivel nacional y transnacional de la propiedad, la cual sería libre de manipulaciones e inmutable. Ello permitiría que las autoridades judiciales e interesados pudieran ver la cadena completa de propiedad de una obra, incluidas las licencias, sublicencias y demás información relevante.

 

(iii) Notarios. Actualmente, los notarios tienen como función, entre otras, confirmar y verificar las firmas de documentos legales, como escrituras y contratos. Utilizando la tecnología blockchain, estos documentos se pueden preservar digitalmente como parte de un libro de contabilidad digital, e implementarse a los documentos “marcas de tiempo” y “huellas” (blocknotary) para archivos multimedia, eliminando así la necesidad del sello de goma y simplificando el trámite, en la medida en que puede realizarse en línea.

 

Los anteriores son pocos ejemplos de los beneficios de la aplicación de la tecnología blockchain al Derecho. En muchos países como EE UU, India, Singapur se están implementando este tipo de herramientas. Esperemos que el nuevo Gobierno, en su apuesta por la eficiencia y optimización de trámites y procesos, considere la aplicación de la tecnología blockchain.

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