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27 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 7 horas | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

Presente y futuro de la SIC

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José Miguel De la Calle

Socio de Garrigues

Cada nueva administración tiene, por supuesto, la capacidad de establecer sus prioridades y fijar los derroteros principales de su gestión. Con esta columna no pretendemos, ni mucho menos, sugerir siquiera las líneas de acción de la nueva superintendente y su equipo, sino únicamente, de manera respetuosa, referirnos a modo general de los asuntos más relevantes que vemos venir en la agenda nacional e internacional, en las varias materias que abarca la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

En el tema de la competencia, la doctora Cielo Rusinque ya anunció públicamente que se dará apertura a un volumen importante de casos en diferentes sectores de la economía, lo cual es definitivo, teniendo en cuenta que la entidad viene de una larga temporada marcada por la escasez de aperturas, lo que afecta severamente una de las funciones más importantes de la entidad, como es la de generar un efecto disuasivo en los mercados frente a los carteles y demás comportamientos contrarios a la libre competencia. En adición, la detección temprana de conductas anticompetitivas impone la necesidad de revisar, de nuevo y con alta prioridad, las figuras de la delación y de la persecución privada de daños de competencia. Así mismo, en competencia desleal, es urgente que la entidad vuelva a darle vigor a las medidas cautelares de 24 horas.

En el campo de la protección de datos, es notoria la necesidad de actualizar el régimen jurídico con respecto al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), el cual tiene vigencia en Europa desde el 2018 y que claramente está a la vanguardia en lo que respecta a la correcta protección de los derechos de los titulares de los datos personales. Nuestra legislación tiene ya más de 12 años de vida, lo que parece poco, pero es mucho, si se tiene en cuenta que a su promulgación no habían surgido en la sociedad avances paradigmáticos como (i) el uso generalizado de algoritmos para perfilar a los usuarios de internet, (ii) la inteligencia artificial (IA) y la inteligencia artificial generativa, (iii) los neurodatos y neuroderechos. A su vez, considero muy relevante seguir trabajando a fondo en la búsqueda de la adecuación de nuestra legislación al régimen europeo, esto es, el reconocimiento, previo examen exhaustivo, de que nuestro sistema jurídico de protección de datos ofrece una protección suficiente, que da garantías de que el país es un destino seguro, en lo que hace referencia a la trasferencia internacional de datos personales. No podemos dejar de mencionar el papel fundamental que la SIC habrá de jugar en acabar de desarrollar e implementar las normas de datos abiertos, legislación muy relevante, porque permitirá, entre otras cosas, que la tenencia de información personal no constituya una barrera de entrada a los mercados.

Por último, en lo que tiene que ver con la protección al consumidor, la verdad es que el país tiene una asignatura pendiente en la disposición de un sistema que permita a los consumidores hacer valer sus derechos de forma efectiva, ágil y sencilla. El uso de la tecnología es esencial en este fin que, vale decirlo, debe ser una prioridad estatal, por cuanto constituye una de las formas más emblemáticas de justicia de pequeñas causas. Por lo demás, uno de los temas más retadores e interesantes a abordar en el futuro próximo es el de la relación entre IA y protección al consumidor, pues esta puede ser una gran amenaza o una gran bendición, según se mire. Las autoridades de protección al consumidor deberían anticiparse –lo que más puedan– a entender el impacto y el servicio que la IA puede llegar a tener en la defensa de los derechos de los consumidores y, en esa medida, en el mejoramiento de su calidad de vida.

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