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25 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 1 hora | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

Columnistas

“La licencia de maternidad, más allá de las semanas de duración”, opinión

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Ana María Muñoz Segura

Profesora asociada Universidad de Los Andes

anmunoz@uniandes.edu.co

 

Cuando tuve a mis hijos, la licencia de maternidad era de ocho semanas, que después amplié con las vacaciones y cualquier tiempo que pudiera retrasar el momento de reincorporarme al trabajo. Desde ese día hasta hoy, he trabajado y desarrollado actividades que me han permitido crecer profesionalmente y ejercer mi maternidad de manera consciente. Muy seguramente si hoy tuviera que disfrutar la licencia de maternidad, tomaría las 18 semanas que consagró la nueva ley, pero no necesariamente todas las mujeres querrían hacerlo así, pues esa es solo una manera de ejercer la maternidad inicial, pero no la única. No es ni buena ni mala, solo que hay muchas formas de hacerlo. Es por esa razón que creo que la ampliación del tiempo de la licencia de maternidad, si bien tiene unos grandes efectos positivos, también tiene otros mensajes y efectos colaterales.

 

Durante mucho tiempo, se ha considerado por algunos empleadores que contratar a las mujeres es más complejo, que la carga de un eventual embarazo limita las decisiones empresariales frente a la prórroga del contrato o su terminación e, incluso, hay quienes insisten en que resultamos más costosas, tanto para la empresa como para el Sistema de Seguridad Social. Y aunque nada de eso es cierto, ¿la ampliación de la licencia con estas ideas no generará aún mayor desempleo o exclusión femenina? ¿Cómo actuará el empleador que tiene estas falsas concepciones frente a una extensión del tiempo de licencia? Evidentemente, de la mano de la expedición de la ley hay un gran trabajo que deben realizar todos los empleadores, grandes o pequeños, públicos o privados, en el sentido de incentivar y respetar el empleo femenino con independencia de las decisiones que cada trabajadora tome respecto de su maternidad.

 

Pero hay un aspecto fundamental que debe tenerse en cuenta y es cuáles son los mensajes que pueden leerse detrás de esta iniciativa legislativa. Si el hombre sigue teniendo una licencia de paternidad de apenas 8 días frente a las 18 semanas de la mujer, ¿no se está considerando que solo en ella deben recaer las labores propias de los primeros días del recién nacido? Hay una clara desproporción entre el tiempo reconocido al padre y a la madre frente a labores que en buena parte podrían ser compartidas. Es cierto, la mujer necesita una recuperación física y existen labores que solo ella podrá desempeñar, pero frente a tremenda equivalencia en el tiempo de las licencias, se está considerando que es la mujer la que debe ocuparse en más de un 90 % del menor y solo las tareas residuales las debe cumplir el padre del menor. Esta puede ser la idea del legislador, pero habría que evaluarla si en términos del reconocimiento de una paternidad participativa hay una discordancia entre los discursos y las normas promulgadas.

 

Por otro lado, es restringir la mirada de la maternidad. La maternidad no se cubre con 18 semanas, es un trabajo de muy largo aliento y este tipo de medidas no contemplan situaciones como el primer día de colegio o el día de la clausura, las citas médicas, el niño enfermo y muchas otras actividades que nos exigen tratar de mantener a flote delicados y complejos rompecabezas para hacer fluir los esquemas laborales y familiares. Alguien podría señalar que esta es una visión demasiado amplia, pues la licencia de maternidad es solo para el cuidado del recién nacido, pero entonces cambiemos la forma de comunicar las políticas, pues hay que recordar que se trata de una licencia por maternidad y no por puerperio.

 

Finalmente, en una entrevista por radio, una funcionaria del Estado destacaba la nueva ley promulgada llamando la atención de que si bien es cierto había un avance, esta debía ampliarse al régimen subsidiado y no quedarse solo en un reconocimiento para aquellas personas afiliadas activas del régimen contributivo. No puede olvidarse que el propósito de la licencia (así como de las incapacidades) es suplir el ingreso de las personas que trabajan y que por razón de la maternidad o paternidad (o enfermedad) deben ausentarse de la actividad productiva. De tal manera que su ampliación al régimen subsidiado implicaría otras concepciones y otras políticas que exceden del simple término de la licencia. Nuevamente, no hay una comunicación entre el discurso, sus propósitos y las medidas implementadas.

 

No me disgusta la ampliación de las 18 semanas por licencia de maternidad, sin embargo, creo que es posible que tenga efectos colaterales que resulten contrarios a sus intenciones y no sé si la nueva duración per se generará los cambios que quisiéramos. 

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