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26 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 9 horas | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

La invasión rusa y el derecho internacional

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Matthias Herdegen

Director de los institutos de Derecho Público y de Derecho Internacional de la Universidad de Bonn (Alemania)

 

La campaña de aniquilamiento de Rusia contra Ucrania y su población civil ha generado interrogantes sobre el valor del derecho internacional. Ante el fatalismo, debe reconocerse que, dentro de los límites que permite el equilibrio de poderes, las instituciones creadas después de la Segunda Guerra Mundial han cumplido una función pacificadora por muchos años. Pero no puede negarse que nos encontramos ante un punto de inflexión en las relaciones internacionales. En este contexto, el derecho internacional comprueba su valor como base para que los Estados tomen acción decisiva para la restauración de la paz.

 

El derecho internacional, para empezar, no convierte en parte del conflicto a quienes prestan su apoyo a la valiente lucha del pueblo ucraniano con el envío de armas. No importa qué tipo de material se suministre, sean cascos, vehículos ligeros o, incluso, tanques de guerra. Un Estado puede apoyar con armas a un Estado que ejerce su legítima defensa, sin que, por ello, se convierta en parte del conflicto. Un Estado entraría a ser parte en el conflicto bélico entre Rusia y Ucrania solo en dos escenarios. El primero, si interviene directamente en acciones de combate, enviando sus propias tropas al frente. Esta posibilidad ya fue descartada por la Organización del Tratado del Atlántico Norte (Otán). Una segunda posibilidad sería que se produzca un ataque armado en contra de un miembro de la Otán, lo que daría lugar a la defensa colectiva de todos los miembros, bajo el artículo 5º del Tratado del Atlántico Norte. Quienes afirman que el objetivo más importante en este escenario es evitar un ataque ruso y apaciguar a cualquier costo al régimen de Putin, se someten al juego de amenazas nebulosas –pero siempre bien calculadas– del Kremlin. Tal sumisión a la lógica del agresor no corresponde a la ética de Occidente. Vale la pena destacar que Colombia, si bien es un aliado estratégico de la Otán, no es un miembro de la organización.

 

Algunos dirán que estas viejas reglas de la guerra no responden adecuadamente a las realidades de los conflictos del siglo XXI. Si bien debe reconocerse que la declaración formal de guerra ha entrado en desuso, ello no significa que se reduzca el umbral que impone el derecho internacional para que un Estado entre a hacer parte de un conflicto. Con la combinación de métodos tradicionales y no tradicionales de guerra nació el concepto de una “guerra híbrida”. Ese término puede servir para describir estrategias militares, como sería la mezcla de combates armados, ciberataques y maniobras de desestabilización. Sin embargo, no tiene valor en términos jurídicos.

 

Ahora bien, ciertamente existen algunas zonas grises en lo que se refiere a la participación de actores no estatales en un conflicto bélico o el uso de instrumentos no tradicionales. Pero esas zonas grises no modifican el umbral que impone el derecho internacional para considerar que un Estado ha entrado a ser parte de un conflicto. Así, ataques en el ciberespacio pueden alcanzar el umbral para el inicio de una guerra y legitimar la defensa propia, si su efecto es equivalente al uso de la fuerza convencional. Un ejemplo sería que un Estado utilizara un ciberataque para derribar aviones de combate de otro Estado.

 

Más allá, la completa ausencia de una justificación de la invasión por parte de Rusia y una campaña militar que se define por los sistemáticos crímenes de guerra sacuden profundamente el orden mundial de la posguerra. Un miembro permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas persigue sus ambiciones hegemónicas en flagrante negación de la base normativa del orden internacional. No es sorprendente que algunos internacionalistas ya sondeen argumentos para retirar a la Federación Rusa de la curul soviética que ocupa desde 1990, con el beneplácito de Occidente, o para rehusar la acreditación de sus emisarios (como ocurrió en la Asamblea General en relación con la Sudáfrica del Apartheid).

 

De todas maneras, el ataque contra Ucrania traiciona los presupuestos en que se fundamentó la aceptación de la Federación Rusa como sucesora de la Unión Soviética en el Consejo de Seguridad. Se trata de una ruptura, que se aleja de los tiempos en que la Unión Soviética proclamaba la primacía de la política sobre el derecho internacional, tendencia que había llegado a su culmen cuando Mijaíl Gorbachov declaró que toda la política debía atenerse al derecho internacional.

 

Este fue uno de los pilares del “nuevo orden mundial”, proclamado el entonces presidente estadounidense George H. Bush y por Gorbachov. Lamentablemente, hoy sabemos que ese orden no duraría más que unas pocas décadas. Pero esta realidad no nubla la esperanza de volver a un orden mundial que garantice la paz, con la primacía del derecho sobre la fuerza y la garantía de un equilibrio político-militar que respalde el orden normativo.

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