12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 9 hours | ISSN: 2805-6396

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Se equivocó Petro

21110
                                   

Juan Manuel Charry Urueña

Abogado Constitucionalista

jcharry@charrymosquera.com.co

Twitter: @jmcharry

 

 

El caso de la destitución del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, aún no concluye. Están pendientes acciones de tutela en tribunales y en la Corte Constitucional, y las medidas cautelares en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho ante el Consejo de Estado. Sin embargo, se pueden hacer algunas anotaciones y sacar conclusiones.

 

Una vez se conoció la decisión de la Procuraduría General de la Nación, en los primeros días de diciembre del año pasado, no era previsible que se ejecutaría la sanción por parte del Presidente de la República, casi cuatro meses más tarde, desatendiendo la solicitud de medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

 

Es evidente que el alcalde Petro forzó el esquema legal de prestación del servicio público de recolección de basuras. Él mismo reconoció la existencia de fallas administrativas, pues obligó a una empresa pública a participar en la recolección sin estar preparada para ello, incurriendo en improvisaciones que generaron traumatismos en el servicio y gastos innecesarios. La cuestión parecería consistir en la proporcionalidad de la sanción disciplinaria de destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos, durante 15 años.

 

No obstante, la estrategia del alcalde consistió en ejercer la defensa desde el cargo, en cuestionar la competencia del Ministerio Público y en solicitar medidas cautelares y protección de los derechos fundamentales simultáneamente en el ámbito interno mediante una avalancha de acciones de tutela, y en el ámbito internacional, acudiendo a la CIDH. Desplegó una gran actividad política y mediática, convocando a manifestaciones y pronunciando discursos altisonantes. En otras palabras, optó por postergar el medio de defensa apropiado: la acción de nulidad y restablecimiento, donde también proceden las medidas cautelares.

 

Si bien es cierto que algunas acciones de tutela concedieron protección provisional, fueron revocadas por los superiores; y si bien la CIDH coordinadamente solicitó la adopción de medidas cautelares, no se preveía que el Presidente no atendería la solicitud. El desgaste fue enorme para Petro, quien finalmente tuvo que abandonar el cargo, ejercer la acción de nulidad y reinventar el discurso incorporando la propuesta de una asamblea constituyente.

La avalancha de tutelas, una estrategia criticable, logró que tres máximas corporaciones judiciales se pronunciaran en su contra sobre la procedencia de la protección constitucional. Todas unánimemente concluyeron que se debía acudir a la acción de nulidad con posibilidad de medidas cautelares. Además se generó un hecho indiscutible, la existencia de garantías en el orden interno, respaldado por una multitud de jueces de tutela que conocieron del caso, circunstancia que llevó al Presidente a desatender la solicitud de la CIDH. En otros términos, si no se acude a la “tutelatón”, la solicitud de la CIDH hubiera tenido más posibilidades.

 

Descalificar a la Procuraduría y sostener su falta de competencia en estos casos reveló sus inconsistencias, pues el mismo Gustavo Petro participó en la elección del Procurador General de la Nación y en la aprobación del Código Disciplinario, sin que manifestara estas reservas; y, para el caso de su antecesor Samuel Moreno, se mostró conforme con la suspensión disciplinaria. De manera que las autoridades de control y las sanciones disciplinarias se aceptan cuando se trata de casos ajenos, pero se critican y desconocen cuando afectan los propios. Las atribuciones del Ministerio Público son de naturaleza constitucional y permiten la destitución de funcionarios de elección popular, se han ejercido miles de veces, y la Corte Constitucional las ha encontrado ajustadas a la norma fundamental.

 

Petro generó un hecho político de inmensas proporciones, intentó equivocadamente vincular su situación disciplinaria al proceso de revocatoria del mandato y al proceso de paz, formuló acusaciones a contratistas e invocó intereses oscuros. Con el paso del tiempo, los ánimos se han ido calmando, el proceso de revocatoria quedó en suspenso y el proceso de paz sigue su curso, incluso con algo de optimismo por parte de las FARC, ya que no se evidencian intereses anómalos.

 

El balance arroja un cúmulo de errores por parte de Petro: forzar el modelo de recolección de basuras, para incluir un operador público, ejercer acciones constitucionales improcedentes, acudir al Sistema Interamericano de Derechos Humanos prematuramente, propiciar el abuso del derecho de acceso a la justicia, politizar el trámite de los medios de defensa judicial, generar un escándalo noticioso e informativo desproporcionado y, mientras tanto, dejar que la ciudad de Bogotá se hunda en la crisis y se mantenga en el colapso.

 

La mala administración de Petro y su forma equivocada de responder a los controles democráticos y jurídicos tienen en ciernes procesos judiciales de tutela y nulidad, la revocatoria del mandato, la designación del alcalde encargado, la elección del nuevo alcalde para el resto de periodo y la situación de Colombia ante la CIDH.

 

Es probable que prosperen las acciones de tutela por desatender la solicitud de medidas cautelares de la CIDH y Gustavo Petro reasuma el cargo de Alcalde de Bogotá, después de haber demostrado su inmensa capacidad retórica y de distorsión institucional. Si eso ocurre, esperaríamos que se dedique a administrar y ejecutar obras, y que demuestre a la ciudadanía que no se trata de un parlamentario en el lugar equivocado, conflictivo y soberbio, con aspiraciones políticas impertinentes.

 

Agradeceré comentarios.

 

 

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