Opinión / Columnistas
Participación electoral y plebiscito por la paz
Laura Wills Otero
Politóloga. Ph.D en Ciencia Política
La participación electoral en las democracias es un indicador de movilización política. Son muchos los factores que explican que una persona decida participar en la elección de quienes gobernarán los destinos de su país. Los individuos tienen en cuenta, y son influidos en su decisión de votar, por factores políticos e institucionales. Por ejemplo, allí donde el voto no es obligatorio, los niveles de participación suelen ser menos altos que en los países donde no votar impone castigos a los abstencionistas. O el nivel de polarización electoral entre candidatos hace que los ciudadanos se movilicen para votar en contra de los menos preferidos.
Por otro lado, las características socioeconómicas y sociodemográficas de los individuos también afectan su decisión de votar o de abstenerse. En democracias más desarrolladas, personas con más altos niveles de educación, y más afluentes económicamente, votan más. O la racionalidad de los individuos, es decir, los cálculos que estos hacen sobre la efectividad del voto, o sea, sobre la posibilidad de que el mismo sea convertido en un escaño, también determina la participación en las elecciones. El nivel de cercanía que los votantes sientan con los candidatos que se presentan en las elecciones, y la percepción frente a la posibilidad de obtener beneficios a cambio del voto, afecta la decisión de votar: más cercanía aumenta la participación electoral. Finalmente, el contexto en el que viven los ciudadanos también influye sobre las decisiones de votar o de abstenerse. Por ejemplo, la violencia afecta de forma negativa los niveles de participación.
Esta reflexión sobre la participación electoral es pertinente en la coyuntura política del país, a propósito de un posible escenario de refrendación popular de un acuerdo de paz final entre el Gobierno Nacional y las Farc. El tema está sobre la mesa, y mucho es lo que se ha discutido al respecto. En el momento de escribir esta columna, la decisión por parte de la Corte Constitucional frente a la revisión que está haciendo de la ley estatutaria que aprobó el plebiscito está todavía en vilo. Como ya es conocido por la opinión pública, la ley sancionada en el Congreso en diciembre del 2015 estableció un umbral del 13 % del censo electoral para lograr la aprobación del texto que el Gobierno decida poner a consideración del electorado. Es decir, casi 4.400.000 millones de sufragantes tendrán que votar favorablemente para que el acuerdo de paz sea refrendado.
Asumiendo que la Corte dé luz verde para que el plebiscito se haga, es pertinente preguntarse por las posibilidades que tiene el Gobierno de lograr los votos requeridos para legitimar el acuerdo de paz. Aunque no parece tan difícil lograr el mínimo establecido, no se pueden descartar algunos riesgos que menciono a continuación. El primero de ellos es la falta de conocimiento por parte de la ciudadanía del acuerdo por refrendarse. El segundo, que los votantes decidan su voto en función de la gestión presidencial, y no de lo contenido en el acuerdo. La popularidad de Santos se ha visto afectada negativamente por el desempeño de la economía y por otras decisiones impopulares que se han tomado recientemente. El tercero, por una posible polarización entre las campañas por el “SI” y las campañas por el “NO” o por la abstención. Finalmente, la incertidumbre frente a la desmovilización y desarme total de las Farc. Si el plebiscito es convocado antes de que esto ocurra, los votos positivos pueden ser menores. Así las cosas, una responsabilidad que el Gobierno tiene desde ya es la de hacer una campaña pedagógica mediante la cual dé a conocer los acuerdos, y explique las condiciones bajo las cuáles se iniciará la etapa del posconflicto. Si esto no se hace rápido, la improbabilidad de una decisión negativa en las urnas puede ser menor.
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