Columnistas
Justicia para la competitividad
Fernando Mantilla Serrano Abogado. Experto en arbitraje
|
“Justicia para la competitividad” fue el tema de uno de los módulos en la agenda de la pasada Expogestión Caribe 2011, en Barranquilla.
El tema no podría reflejar mejor la realidad en la era de la globalización: un país competitivo es un país que dispone de instrumentos jurídicos que responden a las necesidades del comercio (local, regional, nacional e internacional) y que provee estabilidad y previsibilidad a las relaciones comerciales.
Dos presentaciones precedieron a este módulo y dieron las pautas y el marco que deberían servir de guía a una “justicia para la competitividad”. En primer lugar, el ex primer ministro británico Tony Blair puso especial énfasis en que, en un mundo de vertiginosos cambios, el error más común y peligroso para un líder consiste en responder a nuevos retos empleando viejos métodos, instrumentos e ideologías. En segundo lugar, el experto en innovación y creatividad empresariales Amnon Levav llamó la atención sobre la existencia de “fijaciones estructurales”, es decir, de preconceptos y prejuicios que de manera semi inconsciente nos anclan a estructuras o métodos que no necesariamente responden a las necesidades actuales. Esas fijaciones, decía Levav, constituyen uno de los más importantes y perniciosos frenos para la innovación.
Dentro del módulo de “Justicia para la competitividad”, me correspondió debatir sobre la paradoja colombiana que, según las estadísticas de la Corporación Excelencia en la Justicia, presenta a nuestro país como uno de aquellos que más dinero vierte en la administración de justicia y, al mismo tiempo, uno de los que padece un sistema judicial más lento (y, por lento, menos justo) en Latinoamérica. ¿Y si el problema, al menos en materia de derecho común, no fuera únicamente de recursos humanos y materiales sino, sobre todo, residiera en la estructura misma de nuestro procedimiento?
Nuestro procedimiento civil se inspira en dos de los procedimientos más rígidos y formalistas que existen en Europa: el italiano y el español, que a su vez son los países que más demora y colapso –sobre todo Italia– presentan en sus sistemas judiciales.
A este respecto se anuncian importantes reformas legales.
Nos llega, con gran entusiasmo, una reforma integral del procedimiento civil, mediante el nuevo Código General del Proceso, actualmente en trámite legislativo. Esperemos que al finalizar su trámite legislativo efectivamente responda a las necesidades que aquejan a nuestro sistema procesal.
También se nos anuncian nuevas leyes de arbitramento y de arbitraje internacional. Conocí y opiné en esta columna sobre el “Proyecto de Ley de Arbitraje Nacional” que circulaba en septiembre del año pasado. Al respecto dije que confirmaba todas las deficiencias del sistema actualmente en vigor, citando como ejemplos: la falta de claridad sobre si los centros y las partes pueden derogar a las disposiciones del trámite arbitral previsto en el proyecto de ley, la intervención del ministerio público en todos los arbitrajes, la ausencia de la violación del orden público como causal de nulidad del laudo. También dije que dicho proyecto tenía otras excentricidades: un arbitramento especial para el Estado y sus entidades regido por los códigos Contencioso Administrativo y de Procedimiento Civil, la posibilidad de un arbitraje impuesto por ley y un innovador recurso de casación contra los laudos, para solo citar las más llamativas. No dudé en su momento, y no dudo hoy, en calificar de desastre para el arbitramento un proyecto de esta naturaleza.
Para mi regocijo, la presentación del señor Ministro del Interior y de Justicia en Expogestión Caribe 2011 nos mostró un panorama diferente al del proyecto de septiembre del 2009. En efecto, el señor Ministro anunció un proyecto que calificó de formidable y cuya descripción en nada corresponde a la propuesta que tuve entre mis manos. Confieso que no conozco ese nuevo proyecto, pero no dudo que, de corresponder a la descripción que escuché en Barranquilla, constituirá una revolución en la cultura arbitral colombiana, la cual no dudaré en comentar y alabar, de ser el caso, en una próxima columna.
Opina, Comenta