11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

Columnistas

Equilibrio de poderes

19713
Juan Manuel Charry

Juan Manuel Charry Urueña

Abogado constitucionalista

jcharry@charrymosquera.com.co

Twitter: @jmcharry

 

Uno de los más importantes aportes del constitucio-nalismo moderno, al diseño de las organizaciones políticas, ha sido la separación de poderes: unos hacen las leyes, otros distintos las ejecutan y terceros definen los conflictos de aplicación. Lo anterior, en un contexto más amplio de despersonalización del poder y controles, donde la estructura está concebida en reglas preestablecidas, como si se tratara de un libreto que deben seguir los actores y operan sanciones cuando alguien se aparta del guión. Se trata de una de las principales formas de limitación efectiva a las autoridades, en beneficio de las libertades y derechos de las personas.

 

Las amenazas son las personalizaciones, las extralimitaciones u omisiones, la burocratización y la corrupción. En América Latina, no ha sido fácil implantar los Estados de derecho, el caudillismo y las desviaciones han sido frecuentes.

 

Colombia ha sido un caso de presidencialismo personalista muy acentuado, cuya contrapartida ha sido un Congreso mermado, sin iniciativa de gasto ni control político efectivo, altamente desprestigiado y estigmatizado. La Constitución de 1991, que confió ingenuamente en la credibilidad de la Rama Judicial atribuyéndole el juzgamiento de congresistas y la participación en la elección de altos funcionarios judiciales y de control, fracasó: el resultado fue la politización de la justicia, su burocratización y el mayor desprestigio de su historia reciente.

 

El Gobierno lidera la actividad legislativa a riesgo de bajas ejecuciones; el Congreso convalida las iniciativas gubernamentales a cambio de participaciones burocráticas y cupos presupuestales indicativos;
las altas corporaciones judiciales toman ventaja de los espacios vacíos dejados por el legislador y la administración. Los órganos de control obedecen a las coyunturas políticas y se alinean con intereses partidistas. Solo el Banco de la República se aproxima afortunadamente al proyecto constitucional.

 

El centro de gravedad del sistema político, teóricamente, está en el Legislativo como representante de la voluntad popular, se encuentra de hecho en el Ejecutivo.

 

La coyuntura de la reelección presidencial, el escándalo de la fracasada reforma a la justicia, el continuo ajuste del sistema de partidos y elecciones, y la carencia endémica de un régimen de responsabilidades efectivas para los más altos funcionarios del Estado, condujo al Gobierno a proponer una reforma constitucional de reajuste institucional y equilibrio de poderes.

 

Se propone la supresión de la reelección para los cargos uninominales del orden nacional, lo que parece acertado, sin embargo, en forma inexplicable en otro proyecto se propone la reelección de alcaldes y gobernadores con el propósito de unificar los periodos nacionales y territoriales, con lo cual se debilitaría la democracia local que caería bajo el influjo de la política nacional.

 

De otro lado, ante la ineficiencia absoluta de la Comisión de Acusaciones, se propone un Tribunal de Aforados, que deduciría diferentes responsabilidades a los altos funcionarios y a magistrados, cuyos miembros serían elegidos por el Congreso. No obstante, el presidente y los magistrados del nuevo tribunal serían de competencia de la criticada comisión. Se trata de una propuesta polémica e inacabada que trata de solucionar la irresponsabilidad de los más altos dignatarios.

 

En materia política, se proponen la supresión del voto preferente, el establecimiento de listas cerradas y la inclusión en el Senado del candidato presidencial que resulte derrotado. La desaparición del bipartidismo y la continua regulación de los partidos que solo logra su existencia formal, solo se entiende desde la conveniencia de un Congreso mermado que favorece los personalismos y fortalece las figuras presidenciales.

 

En materia de justicia, se suprimen las funciones electorales de las corporaciones judiciales respecto de otros funcionarios, se crean inhabilidades de un año para evitar la llamada “puerta giratoria”, se exige mayor experiencia y edad para ser magistrado, se incrementa la mayoría para elección por cooptación, se aumenta la edad de retiro forzoso, se suprime tácitamente el Consejo Superior de la Judicatura y se crea un Sistema de Gobierno y Administración. Nada se dice sobre la acción de tutela contra sentencias, congestión ni impunidad.

 

En síntesis, se trata de una propuesta circunstancial, tímida e insuficiente, excepto porque suprimiría la reelección presidencial e intentaría remediar la irresponsabilidad endémica de los altos funcionarios, con una iniciativa inacabada que confunde la responsabilidad política con otras. Sin embargo, no equilibra los poderes Legislativo y Ejecutivo, como tampoco limita los excesos e invasiones de la Rama Judicial, que mantiene el exceso de controles sobre congresistas, aunque suprime las competencias del Procurador en este campo.

 

Lo cierto es que mientras no tengamos un Congreso pleno, autónomo e independiente, así como un Ejecutivo más equilibrado y eficiente, y unos jueces menos activistas, no se podrá afirmar la existencia de separación de poderes y equilibrio entre sus órganos.

 

Agradeceré comentarios.

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