04 de Octubre de 2024 /
Actualizado hace 11 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Opinión / Columnista Impreso

Reforma judicial politizada en México

207361

Carolina Villadiego Burbano

Líder del equipo de América Latina

Comisión Internacional de Juristas

El 15 de septiembre se publicó una reforma constitucional en México que cambia el sistema de justicia y socava la independencia judicial. La reforma modifica el método de selección de los jueces de todas las instancias del poder judicial federal, pues establece un mecanismo de elección por voto popular, previa preselección a cargo del Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, a través de unos comités de evaluación en cada órgano, integrados por cinco personas con reconocida trayectoria jurídica que propondrán listas de candidatos y usarán el azar para definir la lista final.

La reforma también cesa a los actuales jueces federales que están en carrera judicial, ya que deben someterse al nuevo procedimiento de elección y ser elegidos, si quieren continuar siendo jueces. Además, disminuye los requisitos para ser electo en las distintas instancias (cinco años de experiencia para integrar la Suprema Corte de Justicia) y crea un Tribunal de Disciplina Judicial elegido por voto popular que puede destituir jueces con cláusulas vagas de responsabilidad disciplinaria. Asimismo, establece que los jueces y magistrados de los estados serán elegidos por voto popular y que la forma específica para desarrollar el proceso se regulará a nivel local.

Para tener una idea de la magnitud del cambio constitucional adoptado, más de 1600 jueces/magistrados/ministros del Poder Judicial de la Federación serán elegidos por voto popular entre 2025 y 2027, si la reforma se implementa. Y en un corto periodo de tiempo y en dos bloques simultáneos, se cambiarían a los jueces federales que deciden amparos, delitos de crimen organizado, asuntos laborales, disputas electorales y procesos disciplinarios, entre otras cuestiones.

Esta reforma, entonces, tiene el potencial de generar una altísima politización del sistema de justicia y socavar de manera profunda la independencia judicial.

Primero, porque la elección por voto popular tiende a debilitar la imparcialidad de los jueces, pues, aunque esté prohibido legalmente, genera incentivos para que los candidatos hagan campaña y ofrezcan anticipadamente decisiones judiciales que le “gusten” a la mayoría en detrimento de los derechos de las minorías o para que formen alianzas políticas con el fin de obtener votos. Además, dada la cantidad de jueces y magistrados que serán elegidos por voto popular y lo poco que el público general conocerá sus méritos, lo más probable es que las personas elijan por afinidad u oposición a los gobernantes de turno.

Segundo, porque una gran parte del proceso de elección de jueces y magistrados se juega en su preselección que es altamente política y discrecional. En efecto, el Ejecutivo y el Legislativo preseleccionarán a dos tercios de la totalidad de los candidatos para integrar el Poder Judicial de la Federación y, además, es posible que las listas definitivas identifiquen cuál es el órgano que preseleccionó a los candidatos. También, los comités de evaluación de candidaturas no están regulados, no se sabe cómo funcionarán, ni cómo se integrarán ni qué criterios específicos utilizarán. Por tanto, es probable que operen en total opacidad y esto favorecerá las candidaturas de personas afines al partido de Gobierno y prácticas clientelistas y corruptas.

Por último, la reforma es perversa para el acceso a la justicia. Las decisiones judiciales se demorarán debido a la curva de aprendizaje que tendrán los nuevos jueces, habrá represamiento de casos (incluso desde ahora, pues los empleados y jueces federales están en huelga), y existirá incertidumbre sobre la idoneidad de las personas juzgadoras. Así, esta reforma parcializa y politiza al poder judicial.

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites.  

Paute en Ámbito Jurídico.

Siga nuestro canal en WhatsApp.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)