13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 10 minutes | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

Columnistas

La igualdad como pretexto para destruir la Constitución

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Javier Tamayo Jaramillo

Javier Tamayo Jaramillo

Exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia y tratadista

tamajillo@hotmail.com

 

 

El Derecho Constitucional a la igualdad es base de toda democracia. Pero su aplicación absoluta en todos los casos destruye la Constitución del Estado de derecho para dar paso a una lucha de clases y genera un caos jurídico que deriva en un régimen político de tipo fascista o comunista. Casi todas las normas constitucionales generan desigualdades reales. Por ejemplo, no todo el mundo tiene el derecho a estudiar Medicina ni a  participar en unos juegos atléticos. Como todo derecho, el de igualdad es prima facie, y está sometido a restricciones legales.

 

Traigo a colación esta idea, porque en la edición 323 de ÁMBITO JURÍDICO Diego López Medina, carente de argumentos coherentes con el discurso jurídico, la emprende contra el suscrito, con una infortunada cadena de sofismas mediante los cuales para él solo existe el principio de igualdad y el resto del Derecho escrito nada vale. Veamos:

 

1. La última polémica entre nosotros surgió a raíz de un artículo mío en el que criticaba   la forma desigual como la Corte Constitucional aplica los sistemas de pensiones de jubilación. Sólo me refería a ese punto y al final le pedí a Diego que se pronunciara al respecto. Guardaba la esperanza de que defendiera el derecho a la igualdad en esa materia. Pues bien, publicó dos columnas “contra Tamayo”, en respuesta a mi pregunta.  Pero en ellas no se refirió para nada al asunto. Sólo me endilgo un tumulto de afirmaciones que yo no hice, sobre un tema por entero distinto. Mejor dicho, “le sacó la cadera” a la pregunta apremiante que le formulé. Nada justifica su silencio. Como dijo el peluquero paisa con aires de novelista, al escribir la primera frase de su obra: “Es de noche… y sin embargo llueve”. El problema de las ideologías es que sus defensores, carentes de argumentos, se mueven en forma circular con un discurso axiológico y descalificador contra sus contradictores, que se desgasta con el tiempo.

 

2. Dice López en su segunda columna que la doctrina del precedente obligatorio es ya una realidad que yo no puedo negar. Y que de acuerdo con la interpretación de la Corte “esas líneas jurisprudenciales tienen un cierto valor autónomo frente a las normas positivas subyacentes a los casos que se debaten”. Es decir que, según López, para la Corte el derecho vigente sucumbe frente a las lecturas axiológicas de la ideología de los magistrados. Adiós Constitución de 1991. Esa postura la rechazo, al igual que lo hacen Dworkin (El imperio de la justicia, p. 281), Alexy (Teoría de la argumentación, p.207) y Duncan Kennedy (Libertad y restricción en la decisión judicial, p. 212 s.s.). Estos admiten, como yo, lo razonable en la interpretación, pero respetando los límites del Estado social de derecho.

 

3. Para Diego, el Derecho es más una teoría del poder político que un medio para solucionar conflictos, con lo cual reniega a la defensa del Estado de derecho. Lo que le interesa es que la Corte Constitucional cree su propio derecho para someter a los otros poderes, y fomentar al mismo tiempo una lucha de clases, tal como lo proponen los totalitaristas de izquierda o de derecha. No es mi interpretación. Son sus palabras cuando afirma: “El análisis  anterior también muestra que la puja por el control de las fuentes del Derecho es una confrontación con contenido político entre las ramas del poder público y, detrás de dichas ramas [una confrontación de contenido político, es decir una lucha de clases] entre formaciones sociales con maneras alternativas de entender el Estado y la sociedad en la que cada grupo [clase] interesado usa sus recursos político- constitucionales para modelar a su favor los contornos del sistema” (El derecho de los jueces, p. 267 y 268). 

 

4. Y lo grave es que su tesis ha tenido éxito al amparo de los deseos de justicia de la mayoría de los jueces. No le quepa duda a nadie de que la lucha entre poderes es actualmente en Colombia una realidad, lo mismo que la lucha de clases.

 

5. Esas lecturas no semánticas de la Constitución generan una desigualdad material, ya que por ser axiológicas terminan en la más absoluta incoherencia, así haya precedente obligatorio. Sometido a que se me ponga en el patíbulo de los fundamentalistas contrarios al estamento militar y al gobierno anterior, planteo el siguiente problema de interpretación que muestra la evidencia de lo que ahora expongo.

 

El artículo 29 de la Constitución Política, en su inciso final, establece: “Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso”.  En aplicación de esta norma, se quitó la valoración probatoria a los computadores de Raúl Reyes.  Desconozco la intimidad de los hechos y los principios probatorios vigentes para el caso. Pero si la prueba fue ilegalmente obtenida, va mi aplauso para la Corte que así decidió, más allá de las consecuencias políticas que ello genere. Pero en otro caso fallado por un juez diferente, al General Plazas Vega se le condenó con una prueba que, según el mismo juez, “muestra defectos, como un error en la digitación del nombre del declarante, y en razón a que se practicó sin la participación de la defensa”. Pero que “esos vicios procesales no tienen la capacidad de menoscabar el debido proceso”.

 

A los que mataron inocentes en el asalto al Palacio de Justicia hay que condenarlos, pero respetando la legalidad de las pruebas, según el artículo 29 de la Carta. Por ello considero que esta norma hay que defenderla y aplicarla sin tregua. El problema es que con la aplicación literal del artículo quedaron sin piso todos los procesos contra los sindicados de auxiliar a la guerrilla, y con su interpretación política se condenó, violando el derecho de defensa, a un militar cuestionado por la izquierda nacional e internacional. Estoy seguro de que no hubo preacuerdo de los jueces en esta fatal coincidencia, pero va quedando en la opinión pública la sensación de una justicia  sesgada en favor de la izquierda y en contra de la derecha. Esa misma interpretación sesgada dominó el espectro de las dictaduras de extrema derecha que primaron  en el sur del continente en la década de 1970. Solo que en ellas se absolvía a los militantes de derecha, e infamemente se condenaba a inocentes izquierdistas.

 

Con esos fallos, Diego, la lucha de poderes y de clases que usted propone ya está en marcha, pero con sangre. Los paramilitares y la guerrilla se rearmaron y hay más masacres de inocentes ahora que antes. La extrema derecha no se va a quedar cruzada de brazos, y la extrema izquierda tampoco. No hay luchas de clases de terciopelo. Quiera Dios que no suceda, pero estamos al borde de un baño de sangre generalizado o de la comisión de magnicidios cometidos por extremistas de ambos lados. Eso se evita respetando los textos constitucionales, mi apreciado Diego. Mientras tanto, nuestros “mejores vecinos” se frotan las manos deliciosamente. 

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