Cautelas imprescindibles de toda reforma judicial
Catalina Botero Marino
Decana de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes. Especialista en Derecho Constitucional y Derecho Internacional de los DD HH
@cboteromarino
La relación de un Gobierno con la justicia y con sus críticos son dos factores determinantes para conocer su talante democrático. En esta columna me refiero a la justicia.
Hay por lo menos dos tipos de factores que deben tenerse en cuenta para evaluar si una propuesta gubernamental de reforma judicial tiende al fortalecimiento del Estado de derecho o, por el contrario, a su debilitamiento.
El primero de ellos se refiere al impacto de la propuesta sobre las garantías institucionales, orgánicas y funcionales que sirven para asegurar la independencia, la autonomía y la imparcialidad de la justicia. En este sentido, índices globales como el Índice de Estado de Derecho del World Justice Project (WPJ) evalúan de manera destacada si el Gobierno está efectivamente limitado por una judicatura independiente. En particular, se preguntan si la judicatura tiene la autonomía suficiente para sancionar a los funcionarios cuando violan la ley.
Si se trata de salvaguardar la independencia y la autonomía judicial, es indispensable evaluar el efecto real que pueda tener cualquier propuesta de reforma sobre garantías como la solidez y seguridad presupuestal de la rama, la transparencia, la objetividad y la meritocracia de la carrera judicial, o la estabilidad en el cargo de jueces y magistrados. Toda propuesta que tenga el efecto directo o indirecto de limitar estas garantías será una propuesta que debilita al Estado de derecho, no importa la finalidad que diga perseguir o lo popular que resulte.
El segundo grupo de factores mide el impacto de la propuesta de reforma en el derecho de acceso a la justicia y en el desempeño institucional. Así, por ejemplo, para el citado WPJ, la fortaleza del Estado de derecho depende, entre otros factores, de que todas las personas tengan acceso a una justicia efectiva, libre de corrupción y de influencias indebidas del Gobierno, que respete el debido proceso y los derechos de las partes, que opere sin retrasos irrazonables y que se cumpla eficientemente. Pero, además, en un Estado social de derecho, estos factores deben incluir, entre otras cosas, medidas para hacer frente a las dificultades especiales de acceso de los grupos desaventajados y para extender a todo el territorio las distintas formas a través de las cuales opera la administración de justicia.
Cualquier reforma judicial debe estar encaminada, exclusivamente, a mejorar las garantías de autonomía, independencia e imparcialidad e indicadores democráticos de acceso y desempeño como los mencionados. Y debe ser evaluada a la luz del impacto real que pueda tener sobre todos y cada uno de estos factores.
Por solo poner algunos ejemplos, puede parecer muy popular hacer propuestas como la reducción de términos judiciales con la finalidad de acelerar la toma de decisiones. Sin embargo, si una medida de esta naturaleza no ha sido adecuadamente evaluada, podría suprimir garantías indispensables para el debido proceso como ha sucedido en países como Filipinas que han disuelto, por esta vía, el Estado de derecho. Otras medidas muy populares son las que adoptan faltas graves tan ambiguas como “el adecuado cumplimiento del deber judicial”. No obstante, esa extrema vaguedad puede dar lugar a que se produzca un control de facto sobre la judicatura, como sucedió en Ecuador. En el mismo sentido, disminuir o aumentar el tamaño o el número de magistrados o de cortes no es simplemente un tema de eficiencia o de seguridad jurídica. Una propuesta de esta naturaleza puede tener impactos gravísimos en la independencia, autonomía e imparcialidad judicial, como ya lo demostró Chávez al reformar al Tribunal Supremo de Justicia en el 2004.
Esperemos que el próximo Gobierno atienda todas las cautelas. Como en cualquier otro Gobierno, la propuesta de reforma judicial que impulse será un dato muy relevante para medir su vocación democrática.
Opina, Comenta