Columnistas
Campaña plebiscitaria, peor que las campañas electorales
Jaime Castro
Exministro y exalcalde de Bogotá
Como el Gobierno decidió refrendar el Acuerdo Final que suscriba con las Farc mediante plebiscito, tenía la obligación jurídica y política de disponer que su trámite y votación se cumplieran conforme con lo dispuesto en la Ley 1757 del 2015, que el Congreso expidió con base en un proyecto oficial y que el Presidente sancionó el 6 de julio del 2015.
Sin embargo, el Gobierno consideró necesaria una ley especial, hecha sobre medidas, que le diera al plebiscito efectos distintos de los que siempre se le ha otorgado y que asegurara la aprobación de la pregunta que se formulara, para lo cual se redujo el umbral al 13 % del censo electoral.
La nueva iniciativa, aprobada por las cámaras, empezó a minar la legitimidad del plebiscito: cambió reglas de juego que, aunque son meramente procesales, hacen parte del ordenamiento institucional superior, porque garantizan los valores, principios, derechos y libertades constitucionales.
La Sentencia C–379 del 2016, que revisó el proyecto aprobado, validó el umbral del 13 %, pero declaró inexequible la norma que le daba carácter vinculante y fuerza jurídica al plebiscito, porque obligaba al “Congreso y los demás órganos, instituciones y funcionarios del Estado” a dictar las disposiciones legales y constitucionales que desarrollan los acuerdos de La Habana.
Decidió que los efectos del plebiscito son políticos, no jurídicos; no producen “la incorporación de un texto normativo al ordenamiento jurídico”, proceso que debe cumplirse conforme a lo ordenado en la Constitución. Después de repetir que “el plebiscito no es un mecanismo de reforma constitucional y legal” y que no tiene “efecto normativo, esto es de adición o modificación de norma jurídica alguna, entre ellas la Constitución”, agregó que “el objetivo del plebiscito no es someter a refrendación popular el contenido y alcance del derecho a la paz, sino auscultar la voluntad del electorado sobre el Acuerdo Final”.
Aunque el citado proyecto todavía no es ley, pues no ha sido sancionada y promulgada, ni el Gobierno ha manifestado al Congreso su intención de convocar el plebiscito, ni señalado fecha para su votación, ni publicado la pregunta que se respondería, los partidos políticos y otras organizaciones adelantan campañas que tienen como leitmotiv la paz, a pesar de que la Corte dispuso que la ciudadanía aprobará o improbará el Acuerdo Final, pero no se pronunciará sobre la paz.
Como dicho acuerdo ni siquiera lo conocen quienes lo firmarán, pues no se ha terminado de negociar, sus partidarios no lo definen. Tan solo hablan de la paz. ¿Quién financia esas campañas? ¿Quién registra sus ingresos y gastos, que son elevados por el costo de las cuñas publicitarias, los vuelos charters que movilizan sus directivos y las vallas que adornan las avenidas de Bogotá y seguramente de otras ciudades? ¿Se han tomado medidas que eviten el proselitismo armado?
El noticiero Red+Noticias divulgó el video de una reunión que presidió uno de los comandantes farianos, celebrada en zona rural de Tumaco, con asistencia de 1.000 personas.
Por eso, el genial caricaturista Osuna preguntó al senador Roy Barreras, autor de la propuesta que concede a soldados y policías el derecho al voto, si “¿los militares serían otros que irían a elecciones sin dejar las armas?” (El Espectador, julio 30/16).
Las campañas se hacen a nombre de partidos y jefes políticos conocidos o en plan de hacerse conocer, a pesar de que la Corte “prohibió que incorporaran contenidos que promuevan un partido o movimiento político o que se relacionen con la promoción de candidaturas a cargos de elección popular”.
El Gobierno tiene derecho a defender la pregunta que formule sobre su decisión política. Pero, una cosa es apoyar el acuerdo suscrito y otra, bien distinta, es hacer las veces de agente electoral, nombrar jefes de debate, convertir los despachos oficiales en sedes de campaña y abandonarlos mientras sus titulares recorren el país invitando a votar en determinado sentido.
Muchos servidores públicos estatales son por ello contraparte de los ciudadanos que defienden posiciones distintas a las que se promueven desde las oficinas públicas. Si cuando se entregan beneficios que otorga el Estado se invita a votar, también se deslegitima el plebiscito, porque habrá quienes piensen que se están comprando votos con dineros oficiales.
Como a los partidos les interesa que los resultados de ahora sirvan de primarias para las del 2018, olvidan que nombrar como jefes de debate a los alcaldes y gobernadores puede repetir la violencia política que tuvo lugar cuando se les ordenaba ganar las elecciones para uno u otro partido.
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