11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 22 minutes | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

Columnistas

Las verdaderas cifras sobre restitución de tierras

15002

Juan Camilo Restrepo

Exministro, abogado y economista

jotacrestrepo@yahoo.es

 

Es bueno repasar las verdaderas cifras sobre la Ley de Restitución de Tierras, pues los enemigos del proceso de paz las han tomado como caballito de batalla para deslegitimarla.

 

Quiero comentar dos imprecisiones que hasta el momento se han lanzado con ligereza contra la ejecución de la política de restitución de tierras: la primera, que solo se han restituido 3,4 % de las tierras reclamadas; y la segunda, que el 40 % de las reclamaciones presentadas las han fabricado falsas víctimas. 

 

Ambas afirmaciones, además de mendaces, revelan un propósito político incalificable, orientado a deslegitimar una de las leyes de mayor aliento histórico que se ha dado Colombia en los últimos años.

 

Hasta la fecha, se han presentado 88.640 reclamaciones de restitución. De este gran total, 44.870 reclamaciones están ubicadas en zonas habilitadas por la ley para hacer el tránsito restitutorio ante los jueces agrarios, es decir, cerca del 50 %. Lo que significa que el otro 50 % de las solicitudes presentadas han estado hasta muy recientemente a la espera de que las autoridades militares les den la luz verde para proseguir su curso hacia los estrados de los jueces agrarios. 

 

Recientemente, se autorizó que este 50 % de solicitudes que estaban represadas puedan proseguir también su curso ante los despachos de los jueces agrarios, toda vez que se les otorgó lo que se conoce como “macrofocalización” por las Fuerzas Militares. Esto agilizará todavía más la ejecución de la ley.

 

Recuérdese que la Ley 1448 del 2011 prohibía, hasta esta última reglamentación, que se tramitaran reclamaciones de restituciones ante los jueces agrarios cuando los predios correspondientes estuvieran ubicados en áreas donde aún se desarrollen operaciones militares, o en zonas sembradas con minas antipersonales, que no son pocas. Y es entendible. No se puede reinstalar a una familia campesina  despojada en  un predio en cuya comarca aún se estén echando bala Ejército y guerrilla, o donde no haya concluido el desminado. 

 

De las solicitudes presentadas hasta la fecha, la Unidad de Restitución de Tierras y los jueces ya ha resuelto favorablemente el 22 % de las pretensiones. Nótese bien: el 22 % y no el 3,4 % de las reclamaciones, como con grave imprecisión se ha dicho por estos días.

 

La cifra de 360.000 familias despojadas que se menciona también a menudo obedece al total de las familias que estudios sociales disponibles antes de la expedición de la Ley 1448 del 2011 (como las de la pastoral social de la Iglesia Católica) indicaban que era el orden de magnitud de las familias que en el último cuarto de siglo tuvieron que abandonar sus predios o fueron despojadas de ellos.  Se calculó que cuatro millones de hectáreas fueron abandonadas y dos millones fueron despojadas durante el último cuarto de siglo en Colombia.  Muchas familias que abandonaron sus tierras han retornado últimamente de manera voluntaria, sin necesidad de fallo judicial.

 

Durante la vigencia de la Ley de Restitución de Tierras, se vienen tramitando todas y cada una de las reclamaciones que se han recibido: hasta el momento, 88.640. Y ya se han restituido a sus legítimos propietarios mediante sentencias de los jueces agrarios 201.000 hectáreas. Un área equivalente a la del departamento del Quindío. El 95 % de los fallos proferidos le han dado la razón a los reclamantes. 

 

La ejecución de la Ley 1448 no tiene, pues, propiamente metas: se vienen tramitando tantas cuantas reclamaciones de restitución se han presentado. 

 

Muchas de las equivocaciones en las cifras que algunas ONG han presentado, tratando de acusar a la ley de lenta ejecución, se explican por comparar erróneamente los estimativos originales, anteriores a la ley, de tierras despojadas y abandonadas y los fallos proferidos por los jueces. La comparación correcta debe hacerse entre fallos proferidos y las soluciones dadas a nivel administrativo frente a las reclamaciones presentadas. Esto es lo que arroja un 22 % y no el 3,4 %.

 

Otra grave imprecisión en la que se ha incurrido para confundir a la opinión pública en la  habilidosa andanada contra la política de restitución de tierras que estamos presenciando dice que el 40 % de las reclamaciones de restitución las han presentado falsas víctimas.  Esto simplemente es falso de toda falsedad.

 

La propia Ley 1448 del 2011 tuvo muy en claro que es para las víctimas de verdad, no para víctimas de mentiras. Y por eso estatuyó un nuevo tipo penal que comporta penas privativas de la libertas de 8 a 12 años, para quien mediante maniobras engañosas se presente como víctima o despojado sin haberlo sido, intentando así confundir al Estado.

 

Pues bien, de las 88.640 reclamaciones que se han recibido hasta la fecha, la Unidad de Restitución de Tierras ha podido establecer 170 casos de falsas víctimas reclamantes; y todas ellas las ha puesto en conocimiento de la Fiscalía. Ya se han logrado capturar, por cierto, a 60 de los falsos reclamantes.

 

¿De dónde sacan, entonces, los detractores de la ley que el 40 % de los reclamantes son falsas víctimas?

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