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28 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 15 horas | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

Columnistas

Subversivos: ¡tranquilos, con la plata de los pobres, están asegurados!

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Sala Edición 5 - Imagen Principal

Javier Tamayo Jaramillo

Exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia y tratadista

tamajillo@hotmail.com, www.tamayoasociados.com

 

Hace algunos años, publiqué una pequeña monografía titulada Responsabilidad del Estado, (Diké, reimpresión 2017), consagrada a criticar una jurisprudencia que condenaba al Estado, por los daños provenientes de actos de terrorismo, así no hubiera falla del servicio. Me dediqué de inmediato a estudiar lo que se decía sobre el tema en los tribunales y en las academias de países que han sufrido la guerra o los actos de terrorismo.

 

En síntesis, se argumenta, en el Derecho Comparado, que el Estado no es responsable de los daños provenientes de actos de terrorismo ni de operaciones de guerra, bajo el régimen de la responsabilidad objetiva. El argumento consiste en que la sociedad, con cuyos tributos se indemnizan los daños causados por el Estado, no tiene por qué correr con las cargas de indemnizaciones provenientes de daños causados por la delincuencia guerrillera o en defensa de la soberanía. Una sociedad representada por el Estado, acosada por la pobreza y los costos económicos que supone la defensa de la soberanía, tiene estas dos prioridades y, por lo tanto, no es responsable frente a terceros, de los daños que cause el enemigo. Frente a la posibilidad de pagar indemnizaciones por daños que el Estado no causó, prefiere defenderse del enemigo y atender las necesidades mínimas de la población vulnerable por la pobreza que, en el campo, genera el conflicto. Es un principio elemental del manejo de los escasos recursos de que dispone el Estado, en un momento histórico como el actual.

 

Ahora, los países que se han visto azotados por el terrorismo y por la guerra, a medida que van creando riqueza, imponen a todos los contribuyentes la carga de costear fondos de solidaridad o de garantía, que beneficien a las víctimas de esos actos demenciales. De hecho, Colombia ya dispone de un fondo para tal efecto, así no cubra la totalidad de los daños.

 

Es inconcebible la forma como el Consejo de Estado acude a los pretextos más variados, para justificar esa teoría. Unas veces, acude a la teoría del daño especial, porque las víctimas no tienen por qué correr con las cargas de un acto de terrorismo. En otras oportunidades, se habla de responsabilidad por riesgo excepcional. Últimamente, habla la jurisprudencia de la pomposa doctrina del riesgo conflicto, olvidando que ese riesgo lo crea la guerrilla, y el Estado en su obligación de defender la soberanía, hace presencia en el territorio nacional. El Estado no crea el riesgo, sino que se defiende y nos defiende del mismo. Su presencia es un riesgo obligado y necesario, mas no creado. El Derecho nos impone a todos la carga de soportar la existencia del Estado y su vigencia, pues, de lo contrario, nadie podría reclamar seguridad y soberanía.  

 

En mi opinión, es la carga de la defensa de la soberanía y la seguridad de la sociedad lo que impone a los miembros de esta, sin excepción alguna, la obligación de soportar la presencia y labores de las Fuerzas Armadas, y las consecuencias de los actos de terrorismo causados por los enemigos del poder soberano vigente.   

 

Para colmo de imprecisiones, en reciente fallo, el Consejo de Estado condena a una sociedad de Derecho Privado a pagar indemnizaciones por un acto de terrorismo, bajo la idea del riesgo conflicto. Pregunto: así dicha sociedad sea la concesionaria de un servicio público, ¿qué conflicto tiene ella con la guerrilla? ¿Qué combates posibles existen entre la subversión y dicha sociedad? En vía de discusión, aceptemos que la presencia del Ejército o la simple existencia del Estado generan un riesgo de actos de terrorismo. Pero a nadie, con sentido común, se le podrá argumentar que la simple presencia de un particular genera un riesgo conflicto por el cual responde objetivamente. Con lo del riesgo conflicto no faltará quien argumente que las trasnacionales que operan en Colombia responden por los daños causados a terceros, por su sola presencia en el país, ya que la ideología antiimperialista rechaza la presencia de inversionistas extranjeros.

 

Subversivos: tranquilos, pongan bombas, que, con la plata de los pobres, ustedes están asegurados. 

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