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Testamento para jóvenes: el legado no tiene edad

Su testamento es un acto de responsabilidad y previsión. Su éxito merece continuidad, incluso cuando usted ya no esté.

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Testamento para jóvenes: el legado no tiene edad

20 de Marzo de 2026

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Karem Lamk Basto
Abogada asociada de Torrás Abogados
Especialista en Derecho Administrativo

Se tiene la falsa creencia de que son las personas de la tercera edad quienes deben otorgar un testamento para prever el destino de su patrimonio luego de su fallecimiento. (Lea ¿Qué hacer ante desacuerdos en una herencia o sucesión?)

También se piensa equivocadamente que solo se adquiere un patrimonio importante después de cierta edad. En estos tiempos es común encontrar jóvenes exitosos, con grandes patrimonios, heredados o creados por ellos mismos; empresarios, accionistas de importantes compañías, cantantes, actores, creadores de contenido, entre otros.

Solo por mencionar algunos ejemplos citemos a algunos youtubers como Jimmy Donaldson (Mr. Beast), estadounidense, que, con menos de 30 años, según fuentes como Forbes, gana más de 85 millones de dólares anuales por sus actividades, patrocinios y utilidades de las empresas que ha fundado.

En Colombia existen jóvenes exitosos con ingresos anuales superiores a los 3.000 millones de pesos, cantantes como Blessd, de escasos 26 años, o Ryan Castro, de 32, que cobran más de 1.000 millones de pesos por presentación.

Así, pues, la realidad es que los grandes patrimonios no están necesariamente relacionados con personas de la tercera edad y que, como reza la sabiduría popular, “no tenemos la vida comprada”. Independientemente de la edad, los jóvenes también deben conocer acerca del testamento y contemplarlo como un acto responsable de previsión y factor importante de organización del patrimonio, ante el eventual fallecimiento. Este acto no es solo dispositivo del patrimonio después de la muerte, sino que también involucra asuntos de importancia familiar o emocional.

Imagine el lector que creó un patrimonio cuantioso, que no tiene hijos, que sus padres fallecieron o que no estuvieron presentes en su vida y formación, o le abandonaron; o que, al contrario, hay personas que, aunque legalmente no tendrían derecho a heredarle, merecen su reconocimiento y protección.  

El testamento permite adecuar las circunstancias particulares a su voluntad, para que decida quién o quiénes merecen recibir los bienes que construyó y trabajó; a quién debe transferirse su legado y que, surtidas unas asignaciones legales, los beneficie patrimonialmente. Con una ventaja adicional: tener siempre la posibilidad de modificarlo o revocarlo, si cambia de opinión.

Expliquemos brevemente qué es un testamento: es un acto voluntario, consignado en una escritura pública otorgada ante el notario y unos testigos, donde usted manifiesta cómo quiere que se distribuya su patrimonio (muebles, inmuebles, equipos, acciones, dinero, etc.) después de su fallecimiento. Es como dejar una “hoja de ruta” para que sus seres queridos sepan qué hacer con sus bienes. Para ello solo necesita ser mayor de edad, con capacidad para tomar decisiones, tener testigos, dependiendo el tipo de testamento que otorgue, que puede ser abierto o secreto, como desee.

Límites que impone la ley:

- Si tiene descendientes puede distribuir todo su patrimonio por igual entre ellos, o disponer que solo se distribuya la mitad por igual entre todos, y decidir si con el otro 50 % mejora a uno o varios de ellos, si se lo entrega a uno o ambos padres, a un pariente o un tercero.

- Si no tiene hijos, pero sí padres y/o pareja, puede distribuir su patrimonio 50 % entre ellos respetando sus derechos y 50 % como usted quiera.

Hay casos en los que, a pesar de existir herederos forzosos, se analizan algunas circunstancias particulares en que alguno de ellos resulta indigno de heredarle.

- Si no existen hijos, padres, ni pareja, tiene total libertad para dejar su patrimonio a quien quiera, ya sea un familiar, un amigo o, incluso, una organización benéfica. Con el testamento, usted no está obligado a dejar nada a quien no quiera (hermano, tío, primo, sobrino), pero si no hace testamento, ante la falta de ascendientes, descendientes o pareja, heredarán sus hermanos o los hijos de estos y, finalmente, el ICBF. 

Entonces, ¿cuál es la importancia y conveniencia de otorgar un testamento?

- Asegurarse de que sus deseos se cumplan, en caso de que algo le pase; antes de eso, usted sigue disfrutando su patrimonio como lo desee. 

- Garantizar que el producto de su esfuerzo no llegue a parar en manos de personas que no lo merecen.

- Evitar conflictos entre sus seres queridos.

- Proteger a su familia o círculo cercano.

- Dejar un legado.

Su testamento es un acto de responsabilidad y previsión. Su éxito merece continuidad, incluso cuando usted ya no esté.

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