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¿Qué hacer ante desacuerdos en una herencia o sucesión?

La vía judicial permite resolver conflictos en sucesiones mediante demanda, pruebas y decisión de un juez competente.

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05 de Marzo de 2026

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Cuando surgen desacuerdos entre hermanos, familiares u otros herederos durante un proceso de herencia o sucesión, el primer paso es verificar que quien reclama tenga la calidad de heredero. Para ello debe demostrar su vínculo con la persona fallecida mediante documentos como el registro civil de nacimiento. Este requisito es fundamental para ejercer la acción judicial correspondiente y reclamar el derecho sucesoral dentro del plazo legal establecido.

En caso de persistir el conflicto, el interesado puede presentar una demanda contra los demás herederos, aportando las pruebas necesarias y precisando los hechos y las pretensiones. Posteriormente, el juez competente evaluará el caso, ordenará la práctica de pruebas y determinará la forma de distribución de la herencia, así como el porcentaje que corresponde a cada parte, conforme a la normativa vigente. (Lea: ¿Cuál es el trámite de una sucesión intestada?)

Costos, abogado y autoridades competentes

El trámite judicial de sucesión tiene costos asociados, entre ellos gastos notariales, de registro y honorarios del abogado, los cuales pueden variar según el caso. Además, cuando el valor de los bienes supera los 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes es obligatorio actuar mediante abogado. El proceso puede adelantarse ante el juzgado de familia o el juzgado civil municipal, según la cuantía y el último domicilio del causante.

Si la sucesión supera los 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes, corresponde al juez de familia; en cambio, cuando es de menor o mínima cuantía, el trámite se realiza ante juez civil municipal. Mientras no exista claridad o acuerdo entre los herederos, los bienes permanecen bloqueados y no se inicia formalmente el proceso.

Entre los documentos exigidos se encuentran el registro de defunción, los registros civiles de los herederos, prueba de matrimonio o unión marital, si aplica, inventario de activos y pasivos, copia del testamento si existe y el poder otorgado al abogado. El derecho a reclamar la herencia puede ejercerse dentro de los 10 años siguientes.

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