Separación de menores de su grupo familiar por parte del ICBF debe estar plenamente justificada: Consejo de Estado (2:29 p.m.)
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03 de Junio de 2010
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Al momento de imponer una determinada medida de protección que implique la separación de un niño de su núcleo familiar, los funcionarios administrativos deben verificar que existan circunstancias serias que la justifiquen, además, están en la obligación de hacer todo lo posible por remediar dichas condiciones con miras a reintegrar al menor a su familia. Así lo señaló el Consejo de Estado al declarar la responsabilidad patrimonial, a título de falla en el servicio, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar por los perjuicios causados a dos menores de 3 y 4 años de edad que fueron retirados de su grupo familiar y puestos en un hogar de paso, donde sufrieron abusos sexuales. Según la Sección Tercera, las funcionarias que conocieron inicialmente el asunto incurrieron en extralimitación de funciones (C. P. Gladys Agudelo Ordóñez).
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