Reducción del término máximo para dictar sentencia en el proceso verbal es exequible (3:34 p.m.)
75359
06 de Septiembre de 2011
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Corte Constitucional declaró exequible la norma que redujo de diez días a dos horas la duración máxima del receso de la audiencia para dictar sentencia en el proceso civil verbal de mayor y menor cuantía (Ley 1395/10, art. 25). Según la corporación, la reducción del tiempo procesal busca la mayor celeridad en la resolución de los conflictos civiles. Al aplicar la oralidad, la reforma es necesaria y proporcional y no limita desproporcionadamente el derecho de defensa, advirtió el alto tribunal (M.P. Humberto Sierra Porto).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!