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Reducción del término máximo para dictar sentencia en el proceso verbal es exequible (3:34 p.m.)

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06 de Septiembre de 2011

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La Corte Constitucional declaró exequible la norma que redujo de diez días a dos horas la duración máxima del receso de la audiencia para dictar sentencia en el proceso civil verbal de mayor y menor cuantía (Ley 1395/10, art. 25). Según la corporación, la reducción del tiempo procesal busca la mayor celeridad en la resolución de los conflictos civiles. Al aplicar la oralidad, la reforma es necesaria y proporcional y no limita desproporcionadamente el derecho de defensa, advirtió el alto tribunal (M.P. Humberto Sierra Porto).

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