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Listo reglamento para acceder al Régimen de Insolvencia para Personas Naturales (5:05 p.m.)

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08 de Septiembre de 2011

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Mediante el Decreto 3274, el Gobierno acaba de establecer el trámite y los requisitos para acceder al Régimen de Insolvencia para Personas Naturales, instaurado por la Ley 1380 del 2010, por parte de los ciudadanos no comerciantes domiciliados en Colombia que incumplan el pago de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores (entidades financieras, empresas de servicios públicos, etc.) por más de 90 días o tengan en su contra una o más demandas de ejecución o de jurisdicción coactiva que exijan el pago de alguna de sus obligaciones, por ejemplo, de impuestos. Quienes deseen acogerse a este mecanismo deberán preparar, con la colaboración de un contador público independiente, un estado de inventario, que contendrá las relaciones exigidas en la Ley 1380. La negociación de las deudas se realizará en audiencia de conciliación extrajudicial. El presidente de la Cámara de Representantes y autor de esa ley, Simón Gaviria, explicó que el valor de las deudas no podrá ser inferior al 50% del pasivo total del moroso y que el proceso será gratuito para personas cuyos activos no superen los 100 salarios mínimos ($ 53,5 millones), si se realiza ante un centro de conciliación público o un consultorio jurídico de universidad. Si se realiza ante un centro privado (cámara de comercio o notaría), la tarifa inicia en $ 96.048. “El deudor puede proponer varias alternativas para llegar a un acuerdo de pago: la refinanciación, revisión de intereses, de plazos, la dación en pago y el intercambio de activos”, explicó el parlamentario, al recordar que quienes abusen de esta herramienta podrán ser castigados hasta con cárcel.

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