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El nivel de diligencia y cuidado que se exige en el acto médico se mide de acuerdo con las reglas de la lex artis ad hoc y el obrar de un buen profesional (8:00 a.m.)

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08 de Septiembre de 2011

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La Corte Suprema de Justicia señaló que el médico tiene el deber de poner todo su cuidado y diligencia para procurar la sanación del paciente, por lo que si incurre en negligencia, descuido u omisión y causa perjuicios, se configura una conducta ilícita que será calificada por el juez según su magnitud. Por ello, recordó que el nivel de diligencia y cuidado que se exige en el acto médico se mide de acuerdo con las reglas de la lex artis ad hoc y el obrar de un buen profesional. En el fallo, la Sala Civil se refirió a los servicios que prestan las empresas de servicios de emergencias médicas y señaló que la principal obligación en estos contratos es la atención prehospitalaria de la urgencia o emergencia sufrida por el paciente, en la que se califica esencialmente el tiempo que transcurre entre el pedido del servicio y el momento en que efectivamente se cumple (M.P. Pedro Octavio Munar Cadena).

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