Corte Suprema recuerda los elementos necesarios para que se configure una sociedad de hecho (4:32 p.m.)
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22 de Septiembre de 2011
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La Corte Suprema de Justicia recordó que para que se configure una sociedad de hecho es necesario que se trate de una serie coordinada de hechos de explotación común, que se ejerza una acción paralela y simultánea entre los presuntos asociados, que la colaboración entre ellos se desarrolle en un pie de igualdad y que no se trate de un estado de simple indivisión, tenencia, guarda, conservación o vigilancia de bienes comunes. En el caso concreto, la Sala Civil señaló que como se pedía la declaración de existencia de una sociedad comercial de hecho, los demandados integraban un litisconsorcio necesario por pasiva. En esa medida, dado que el recurso de apelación provino de uno de los litisconsortes, se había suplido la necesidad de surtir el grado jurisdiccional de consulta respecto de las personas representadas por curador ad litem (M.P. Arturo Solarte Rodríguez).
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