Corte Suprema recuerda cómo se juzga en responsabilidad civil a los profesionales de la salud (5:00 p.m.)
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22 de Diciembre de 2011
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Por regla general, el juzgamiento de los profesionales de la ciencia médica en responsabilidad civil es subjetivo, esto es, determinado por la culpa o negligencia. La Corte Suprema de Justicia reiteró que el parámetro preponderante para fijar esa responsabilidad es la lex artis acompañada de los deberes médicos. La Corte indicó que estos deberes están contemplados en la Ley 23 de 1981 y en el Decreto 3380 del mismo año y que junto con las normas del Código Civil permiten establecer los parámetros orientadores de esta responsabilidad, ya sea contractual o extracontractual. En el fallo, el alto tribunal recordó los principales pronunciamientos jurisprudenciales que han sentado los pilares de la responsabilidad civil médica. De esa forma, negó la responsabilidad de una institución prestadora de salud por la incapacidad permanente de un paciente que fue sometido a una intervención quirúrgica, toda vez que la actuación médica fue diligente y la complicación era imprevisible (M.P. Ruth Marina Díaz Rueda).
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