Calidad de accionista puede probarse con medios distintos al título accionario (2:35 p.m.)
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04 de Agosto de 2010
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Quienes suscriben acciones de una sociedad anónima tienen derecho a que la sociedad les expida un título que acredite su calidad de accionistas. Además, el Código de Comercio ordena inscribir las acciones en el libro de socios. Pero esto no implica que el título y el libro sean el único medio para probar la condición de accionista. La Corte Suprema de Justicia precisó que esa calidad se adquiere con el acuerdo entre el suscriptor y la sociedad oferente, que es un negocio jurídico que no se somete a formalidades especiales. Por esa razón, puede demostrarse a través de cualquier medio probatorio (M.P. William Namén Vargas).
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