Víctimas del conflicto no deben pagar por trámites ante la Registraduría (9:41 a.m.)
08 de Marzo de 2012
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Nota:
79765
En cumplimiento de lo previsto en la Ley 1448 del 2011 (Ley de Víctimas y Restitución de Tierras), los ciudadanos que acrediten la calidad de víctimas no deben cancelar ningún valor por duplicados y rectificaciones de la tarjeta de identidad o cédula de ciudadanía o por las copias del registro civil. Normalmente, el duplicado o rectificación de la cédula tiene un costo de $ 34.000, la copia del registro civil, $ 5.650; el duplicado o rectificación de la tarjeta de identidad rosada para niños de 7 a 13 años, $ 11.050 y el duplicado o rectificación de la tarjeta de identidad azul para jóvenes de 14 a 17 años, $ 33.250. En todo caso, no se podrá expedir el duplicado de los documentos de identificación de manera gratuita más de una vez al mismo beneficiario, independientemente del tiempo y lugar de la solicitud.
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