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Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Títulos valores son ejecutables ante juez administrativo, si son causa o resultado de un contrato estatal (11:20 a.m.)

20 de Diciembre de 2012

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Nota:
86033
Los títulos valores no pueden ser ejecutables ante la jurisdicción administrativa, cuando no existe prueba de que son causa o resultado de un contrato estatal, advirtió la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, al cambiar su jurisprudencia. La Sala señaló que si bien esos asuntos eran asignados a la justicia ordinaria, por ser el título un documento necesario para ejercer el derecho incorporado en él, ahora acoge la posición establecida por el Consejo de Estado en el sentido de que los jueces administrativos tendrán tal competencia, cuando el título respalde obligaciones provenientes del contrato estatal y este sea de conocimiento de ellos mismos, las partes del título sean también las del negocio jurídico y las excepciones sean oponibles en el proceso ejecutivo. Por otro lado, recordó que la regla general en la ejecución contra entidades públicas es la presencia de un título ejecutivo complejo, es decir, el que se estructura mediante varios documentos. En el caso concreto, la corporación asignó a la justicia civil el conocimiento de una demanda ejecutiva basada en facturas de venta endosadas en procuración e interpuesta contra el municipio de Dagua (Valle del Cauca), pues estos títulos no se derivaban de un contrato estatal y ya habían circulado (M. P. Henry Villarraga).

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