Se debe convocar a los herederos ante la imposibilidad jurídica de accionar contra una persona fallecida (10:55 a.m.)
89864
09 de Julio de 2013
Escucha esta noticia audio generado con IA
La Corte Suprema de Justicia reiteró su jurisprudencia sobre la necesidad de convocar al proceso a los herederos, dada la imposibilidad jurídica de accionar contra la persona fallecida. Teniendo en cuenta lo anterior, en el caso concreto el alto tribunal declaró fundado un recurso de revisión frente a una sentencia de declaración de pertenencia, puesto que quien pretendió usucapir un inmueble inició la acción luego de haberse proferido un fallo de muerte presunta por desaparecimiento del titular del derecho de dominio del bien y, a pesar de esto, en dicho proceso no se convocó a los herederos (M.P. Ruth Marina Díaz Rueda).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!