12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Modificaciones en el registro civil se pueden hacer mediante escritura pública, si no afectan el estado civil (10:50 a.m.)

10 de Enero de 2012

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Nota:
78475
No toda modificación de la fecha de nacimiento en el registro civil de las personas implica una alteración del estado civil, pues en el momento de hacer la inscripción en el registro se puede incurrir en errores, señaló la Corte Constitucional. El alto tribunal explicó que aunque el mecanismo idóneo para corregir el error plasmado en el registro civil es el fallo judicial, la escritura pública puede utilizarse si se trata de una inconsistencia que al modificarse no altere el estado civil y, por el contrario, se ajusta a la realidad. Por tal razón, la Sala tuteló el derecho a la personalidad jurídica y a la seguridad social de una persona que solicitó la corrección de la fecha de nacimiento en su registro civil por ser diferente a la que aparece en la cédula y para ello presentó su partida de bautismo. Debido a dicha inconsistencia no podía hacer los trámites para el reconocimiento de su pensión (M. P. Gabriel Eduardo Mendoza).

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