Jurisdicción ordinaria debe conocer delitos de violencia intrafamiliar cometidos contra mujeres indígenas (12:55 p.m.)
11 de Diciembre de 2012
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Nota:
85261
Para atribuir el conocimiento de un delito a la justicia ordinaria, aunque estén dados los elementos personal, geográfico y natural del hecho para aplicar el fuero indígena, el Consejo Superior de la Judicatura aplicó la Convención de Belém de Pará en el bloque de constitucionalidad, por tratarse de un delito que transciende el principio de la dignidad humana. Según la Sala Disciplinaria, esto no significa que se desconozcan los derechos y la autonomía de las comunidades indígenas, sino que, al existir conexidad entre bienes constitucionalmente protegidos se debe resolver a favor de uno, sin hacer nugatorio el otro, y ello solo es posible acudiendo los más altos estándares de justicia y equidad (M. P. Pedro Alonso Sanabria).
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