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Homosexuales y otros grupos pueden constituir familia: Consejo de Estado (11:38 a.m.)

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23 de Julio de 2013

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El Consejo de Estado determinó que la familia de crianza, es decir, constituida al margen de cualquier realidad biológica, tiene los mismos derechos y reconocimiento que la que se establece por vínculos de consanguinidad o a través de ciertas determinaciones administrativas o jurídicas. Según la Sección Tercera, esta concepción incluye a parejas gay y a otros grupos. A su juicio, no se requiere una declaración formal sino un vínculo afectivo, que nace de la decisión libre de las personas de tejer lazos de solidaridad, apoyo, cariño, amor y convivencia. Así las cosas, dice la providencia, este concepto abarca desde las parejas del mismo sexo hasta los núcleos familiares conformados por uno solo de los padres y su hijo o hijos. Con estos argumentos, la corporación reconoció el derecho de una menor a ser resarcida por la muerte de un recluso de la cárcel de Popayán (Cauca), pese a no haber prueba de la existencia entre ellos de un vínculo familiar. Según la determinación, esta eventualidad se acoge a las figuras alternativas de familia que han surgido en los últimos años, bajo el amparo de los jueces. La decisión precisa que es necesario derribar barreras que han impedido constituir una familia por motivos de raza u orientación sexual (M. P. Enrique Gil).

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